Condenada a Prisión la Exalcaldesa de Orihuela, Mónica Lorente, por el ‘Caso Brugal’

La Audiencia Provincial de Alicante condena a la exalcaldesa de Orihuela, Mónica Lorente, y a otros ocho encausados en el caso principal de corrupción Brugal

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a la exalcaldesa de Orihuela Mónica Lorente y a otros ocho encausados en la pieza principal del caso de corrupción Brugal, que investigaba presuntas irregularidades en la adjudicación del contrato de limpieza viaria y recogida de residuos del municipio.

En una sentencia que revoca parcialmente una absolución anterior, el tribunal ha impuesto a nueve de los 33 acusados penas de prisión que oscilan entre cuatro meses y tres años y nueve meses. La decisión se produce tras un mandato del Tribunal Supremo que exigía a la Audiencia Provincial dictar una nueva sentencia tras validar pruebas anteriormente consideradas inadmisibles.

Lorente, que ejerció como alcaldesa entre 2007 y 2011, fue sentenciada a cuatro meses de cárcel por un delito de prevaricación en concurso con otro de fraude. Los exconcejales Antonio Rodríguez, Manuel Abadía y Ginés Sánchez recibieron penas de prisión de cuatro meses, cinco meses y un año, respectivamente.

También resultaron condenados el exinterventor municipal, José Manuel Espinosa, con una pena de ocho meses de prisión, y el empresario Ángel Fenoll, propietario de Proambiente SL y Colsur SL, cuyas condenas suman un total de tres años y nueve meses. El hijo de Fenoll fue sentenciado a un año de prisión, mientras que dos colaboradores recibieron penas de cuatro y ocho meses, respectivamente.

Entre los absueltos figura José Manuel Medina, quien también fue alcalde de Orihuela durante el periodo investigado.

El fallo constituye la segunda sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Alicante en la causa relativa al contrato de gestión de residuos adjudicado por el Ayuntamiento de Orihuela. En la primera sentencia, dictada en 2020, todos los acusados fueron absueltos después de que se declararan nulas unas escuchas telefónicas y registros. Dicha resolución fue anulada por el Tribunal Superior en julio de 2024, el cual avaló la legalidad de las pruebas y ordenó una nueva valoración.

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La nueva sentencia fue elaborada por los magistrados José Teófilo Jiménez y Gracia Serrano, tras inhabilitarse por enfermedad el magistrado ponente de la resolución original.

En su decisión, el Tribunal Supremo avaló la investigación policial y criticó la exclusión previa de las pruebas, señalando que carecía de una “base lógica y racional” y vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva de la acusación. El alto tribunal descartó la celebración de un nuevo juicio, al considerar que los acusados ya habían formulado su defensa y que las grabaciones y la extensa documentación mitigaban el efecto del tiempo transcurrido desde los hechos, que se remontan a más de dos décadas.

La causa se refiere a sucesos acontecidos entre 2000 y 2008, cuando el Ayuntamiento de Orihuela, entonces gobernado por el Partido Popular (PP), adjudicó el contrato de recogida de basuras a un consorcio posteriormente denominado UTE Orihuela Capital de la Vega Baja. La fiscalía acusó inicialmente a los encausados de delitos como fraude, prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y asociación ilícita, solicitando penas de hasta 38 años de prisión.

Lorente y Fenoll están también implicados en otras piezas separadas de la investigación Brugal, incluido un caso sobre la planta de tratamiento de residuos de la Vega Baja, que aún aguarda resolución del Tribunal Supremo. Otro asunto vinculado al Brugal, sobre la gestión de residuos en Calp, en el que varios acusados fueron absueltos, espera asimismo decisión definitiva del máximo tribunal.

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