España vence a fondo buitre estadounidense en tribunal británico por disputa de 1700 millones

Un magistrado de Londres ha otorgado a España una victoria crucial en su prolongada y onerosa contienda contra los fondos buitre estadounidenses que pretendían embargar bienes del Estado. Estos fondos reclamaban el cobro de una serie de laudos arbitrales en el sector de las energías renovables, valorados en hasta 1.700 millones de euros.

El Tribunal Mercantil de Londres falló que los laudos emitidos contra España en virtud del Tratado de la Carta de la Energía no pueden ser transferidos ni vendidos a fondos de terceros, bloqueando así la estrategia utilizada por varios inversores para perseguir cuantiosas indemnizaciones.

El caso se centraba en los laudos concedidos originalmente a OperaFund Eco-Invest y Schwab Holdings, dos grupos de inversión que demandaron a España después de que el gobierno recortase sus generosas subvenciones a las renovables hace más de una década.

Posteriormente, esos laudos fueron adquiridos por Blasket Renewables, un fondo de inversión especializado en deuda en problemas vinculado a Estados Unidos, que intentó ejecutarlos en el Reino Unido.

Blasket recurrió a los tribunales londinenses porque el Reino Unido es uno de los principales centros mundiales para la ejecución de arbitrajes internacionales y porque los gobiernos extranjeros mantienen en el país activos que pueden ser objeto de embargo si un tribunal lo autoriza.

España impugnó la maniobra, arguyendo que los laudos no podían transferirse legalmente a un tercero y que, por tanto, Blasket no tenía derecho a ejecutarlos en el Reino Unido.

El tribunal le dió la razón, dictaminando que los derechos derivados de las decisiones arbitrales originales son intransferibles y no pueden cederse a fondos de inversión que buscan lucrarse con las reclamaciones.

LEAR  Tom Brady envía un breve mensaje tras ayudar a David Beckham a mantenerse en forma con equipamiento de fitness de lujo valorado en millones

Esta decisión socava gravemente la estrategia de los denominados “fondos buitre”, que adquieren laudos arbitrales con descuento para luego perseguir a gobiernos soberanos ante los tribunales de Londres, Washington y otras jurisdicciones importantes.

De haber fallado a favor del fondo estadounidense, España podría haberse enfrentado a intentos inmediatos de embargar sus activos en el Reino Unido, incluyendo cuentas bancarias o propiedades vinculadas al Estado español.

La sentencia no anula los laudos subyacentes, pero dificulta enormemente que los fondos lleven a cabo acciones de ejecución agresivas en el Reino Unido, lo que reduce el riesgo inmediato de embargos y limita la exposición de España a corto plazo.

Si bien el fallo aún podría ser recurrido, supone una de las victorias legales más significativas de España hasta la fecha en las complejas disputas derivadas de la reforma de los incentivos a las energías renovables.