Carlos Baos – Daños en tu propiedad « Euro Weekly News

Comprender la prescripción en reclamaciones judiciales.

En el ámbito de las reclamaciones relacionadas con los daños sufridos en su propiedad, comprender la prescripción es crucial para emprender acciones legales de manera oportuna. Esta semana, profundizamos en este aspecto vital que es clave para garantizar una resolución exitosa de este tipo de disputas y para evitar sorpresas desagradables al reclamar en los tribunales.

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¿Cuál es la prescripción en los procedimientos judiciales?

El ejercicio de acciones legales, dependiendo de su naturaleza, está sujeto a una prescripción. En términos más simples: está sujeto a un límite de tiempo. Una vez que este período ha transcurrido, la acción ya no puede iniciarse y se considera “caducada”.

El plazo para reclamar contra un vecino por una tubería rota que causa daños en su techo no es el mismo que el plazo para reclamar contra su inquilino por daños en las puertas de su propiedad. La clave radica en la naturaleza del daño. En el primer caso, estaríamos tratando con un caso de responsabilidad no contractual. Según el Código Civil español, la prescripción para estos casos es generalmente de un año. Sin embargo, en el segundo ejemplo, donde hay un acuerdo contractual vigente (un contrato de arrendamiento), el plazo difiere, pudiendo extenderse hasta cinco años.

Diferentes tipos de daños: Daño repetido o continuado

Sin embargo, cuando el daño a la propiedad persiste con el tiempo, surgen desafíos legales. A diferencia del daño instantáneo, el daño repetido se desarrolla gradualmente, lo que dificulta determinar el inicio exacto del período de prescripción. Los tribunales españoles han establecido que en casos de daño repetido, el período de prescripción comienza solo cuando se hace evidente la magnitud total del daño, en lugar de cuando se descubrió inicialmente el daño.

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En un caso reciente ante el Tribunal Superior de Justicia de Alicante, nuestro bufete logró el éxito en un juicio relacionado con daños continuos en una terraza de carácter comunitario, pero de uso privativo. La comunidad de propietarios representada por nuestro bufete realizó renovaciones en dicha terraza. El propietario afirmó que los daños ocurrieron durante las renovaciones y demandó a la comunidad de propietarios. Sin embargo, esto ocurrió después de que hubiera transcurrido el período de prescripción de un año. Para superar este obstáculo, se argumentó que los daños eran continuos, por lo que la acción legal no había caducado. Nuestro bufete se opuso a esto basándose en precedentes del Tribunal Supremo español. Obtuvimos una sentencia favorable en primera instancia que ahora ha sido confirmada por el tribunal superior regional en Alicante. Puede leer la sentencia completa visitando nuestro sitio web: https://www.white-baos.com/en/articulos/

Conclusiones

En White-Baos Abogados, nos especializamos en reclamaciones por daños en sus propiedades y litigios judiciales. Si está lidiando con este problema, no dude en comunicarse con nosotros para recibir orientación legal. Estamos aquí para revisar su situación y ofrecerle asesoramiento experto para proteger sus derechos.

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Carlos Baos (Abogado)

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