¿Te quedas bloqueado por la nieve? Conoce tus derechos

La nieve obliga al cierre de carreteras y causa disrupciones en los viajes cerca de Madrid.
Crédito: X – DGT

Con la tormenta Kristin dejando fuertes nevadas y caos en los desplazamientos en gran parte de España, miles de personas se despiertan con la misma pregunta: ¿Cómo se supone que debo ir hoy al trabajo?

Para muchos, la respuesta es sencilla. No tienes que hacerlo.

Lo que es menos conocido es que la ley española ya contempla una licencia retribuida de hasta cuatro días para exactamente este tipo de situaciones: cuando las inclemencias meteorológicas hacen que viajar sea inseguro o simplemente imposible.

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Un derecho poco conocido que cubre la nieve y los fenómenos extremos

El Estatuto de los Trabajadores permite a los empleados ausentarse del trabajo cuando las condiciones meteorológicas adversas les impiden llegar a su puesto. Esto incluye nieve, inundaciones o cualquier situación en la que las carreteras estén cortadas o las autoridades desaconsejen viajar.

La norma fue reforzada por el Real Decreto-ley 8/2024, que introdujo lo que a menudo se denomina permiso climático. En la práctica, significa que si no puedes utilizar con seguridad las vías necesarias para llegar al trabajo, tienes derecho a quedarte en casa sin perder el salario y sin tener que recuperar las horas posteriormente.

Dada la nieve que ha paralizado las carreteras en Madrid y otras partes del país, este es precisamente el escenario para el que se diseñó la ley.

Hasta cuatro días retribuidos – y más si las condiciones no mejoran

La ley permite a los trabajadores ausentarse hasta cuatro días pagados cuando el desplazamiento es imposible por causas meteorológicas. Si la situación se prolonga más allá, la licencia puede extenderse hasta que las condiciones se normalicen.

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Hay algunos aspectos prácticos. Los empleados deben informar a su empresa de que hacen uso de este permiso para que la ausencia esté justificada. Si el trabajo puede realizarse razonablemente desde casa y las comunicaciones funcionan, las empresas pueden solicitar el teletrabajo en su lugar.

Si la meteorología afecta a la actividad empresarial en sí –por ejemplo, si esta no puede operar– las compañías pueden solicitar una suspensión temporal de contratos por fuerza mayor, mientras los trabajadores permanecen protegidos.

Advertencia del Gobierno: no arriesgues tu seguridad

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha recordado públicamente este derecho a medida que empeoraba la tormenta. Su mensaje fue directo: no te pongas en riesgo para ir a trabajar.

Advirtió que cualquier empleador que descuente el salario, sancione o despida a un trabajador por ausentarse durante condiciones meteorológicas peligrosas estaría actuando ilegalmente. Según Díaz, los trabajadores están plenamente protegidos y cualquier disputa se resolvería a su favor.

En definitiva, cuando la nieve y los fenómenos extremos hacen que viajar sea inseguro, la ley española es clara. Tu seguridad es lo primero – y tu salario está protegido.

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