¿Quién tendría que pagar exactamente el impuesto del 100% sobre propiedades en España?

Las recientes noticias sobre el plan del gobierno español de imponer un impuesto del 100% a ciertos compradores extranjeros de propiedades ha generado preocupación entre quienes planean mudarse a España o adquirir una segunda vivienda. Pero, ¿quiénes serían exactamente los afectados?

A finales de mayo, los socialistas en el poder confirmaron su intención de introducir este impuesto como medida para abordar la crisis de vivienda en el país.

La propuesta fue sugerida inicialmente por el presidente Pedro Sánchez en enero, pero lo que muchos creyeron era solo postureo político ahora parece más cercano a la realidad, ya que el PSOE registró oficialmente la iniciativa en el Congreso (aún requiere aprobación parlamentaria).

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Cuando se anunció a principios de año, no quedaba claro cómo funcionaría exactamente este impuesto, pues no había un texto legal.

Ahora que la propuesta está escrita y es accesible, se ha confirmado que el 100% se aplicaría sobre la base imponible de la propiedad (su valor), y no sobre el ITP de segundas viviendas como muchos asumieron erróneamente.

VERIFICACIÓN: Sí, el impuesto del 100% duplica el precio de la propiedad

También existían dudas sobre quiénes deberían pagarlo. ¿Solo extranjeros no comunitarios sin residencia en España? ¿Y ciudadanos de terceros países que viven en la UE? ¿O europeos que residen fuera de la UE?

Ahora sabemos con exactitud los sujetos pasivos.

La propuesta socialista establece: “Se crea el Impuesto Complementario Estatal sobre Transmisiones Patrimoniales a No Residentes en la Unión Europea”.

“Este impuesto indirecto gravará las transmisiones onerosas de inmuebles en territorio español y la creación o transferencia de derechos sobre los mismos, cuando el adquirente sea una persona o entidad no residente en la UE”.

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Fragmento de la propuesta que especifica los compradores afectados por el impuesto del 100%.

Por tanto, la residencia en la UE es el factor determinante, no la ciudadanía.

Por ejemplo, un británico residente en Alemania estaría exento, mientras que un alemán viviendo en Reino Unido tendría que pagarlo.

Incluso españoles que no residan en la UE estarían sujetos al impuesto si compraran una vivienda en su país.

Estadounidenses o británicos residentes en España u otro país comunitario no pagarían el gravamen, pero si viven en sus países de origen sí deberán abonar el doble por una segunda vivienda en España.

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