Compartir una cuenta bancaria con un familiar es posible en España, pero conlleva riesgos fiscales y otras problemáticas que pueden surgir. Recientemente, se ha difundido la noticia de que las autoridades supervisan estrechamente las cuentas compartidas entre padres e hijos.
El uso de cuentas conjuntas es una práctica habitual. Ya sea una cuenta de ahorros familiar, una cuenta mancomunada en una pareja o incluso la cuenta de un menor gestionada por un progenitor, es una realidad global y España no es una excepción.
Ahorrar para imprevistos, disponer de una cuenta separada para gastos e impuestos, o enseñar a un hijo a gestionar su dinero son aspectos positivos de las cuentas compartidas.
No obstante, aunque estén permitidas, en España existen ciertos inconvenientes que pueden presentarse si no se actúa con precaución.
En particular, estos se relacionan con la fiscalidad, pudiendo llegar a captar la atención de la Agencia Tributaria –Hacienda– en el peor de los casos.
A continuación, se detallan algunas consideraciones al respecto.
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Cuentas entre padres e hijos
Como se ha mencionado, compartir una cuenta con un hijo es un método común para otorgarle cierta independencia –a menudo es su primera cuenta–, a la vez que se supervisa y se le inculca responsabilidad financiera.
Sin embargo, pese a estar permitidas, medios españoles han informado recientemente de que Hacienda vigila las cuentas bancarias compartidas entre padres e hijos.
Así lo confirmó una declaración reciente de la Dirección General de Tributos (DGT), organismo dependiente del Ministerio de Hacienda. Todo surgió de la investigación a un matrimonio que, en agosto, transfirió fondos –presumiblemente una suma considerable– desde su cuenta a otra conjunta con su hijo, por ofrecer una mayor rentabilidad.
Los inspectores tributarios determinaron que, pese a la transferencia a la nueva cuenta mancomunada, los padres seguían siendo los verdaderos titulares del dinero y, por tanto, responsables de su declaración fiscal.
Por ello, si se realiza una operación similar, incluso con fines lícitos, se recomienda dejar clara la titularidad ante las autoridades para evitar problemas.
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Tipos de cuentas conjuntas
Para comprenderlo mejor, conviene repasar los tres principales tipos de cuenta conjunta en España.
Cuentas autorizadas: el dinero no pertenece a los autorizados. Estos pueden operar con permiso de los cotitulares, pero no tienen dicha condición ni son propietarios del dinero.
Cuentas mancomunadas: el dinero pertenece por igual a todos los miembros. Cada operación requiere la autorización de todos.
Cuentas indistintas: cualquiera de los cotitulares puede operar sin necesitar autorización de los demás.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha publicado una serie de recomendaciones sobre los distintos tipos de cuenta y precauciones a tomar, para evitar conflictos con Hacienda y entre los propios titulares.
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Complicaciones al compartir cuenta con tu pareja
Las cuentas conjuntas entre miembros de una pareja pueden ser más complejas.
Muchas parejas las abren para simplificar su gestión financiera. Aunque el ejemplo anterior es extremo, en general las cuentas padre-hijo tienen menos riesgo fiscal, dado que los hijos no suelen generar ingresos.
No obstante, para parejas donde ambos trabajan y son residentes fiscales en España, la probabilidad es mayor.
Según la OCU, es crucial saber con exactitud a quién pertenece el dinero en una cuenta conjunta para declararlo correctamente. A menudo, la cantidad declarada no coincide con el saldo conjunto.
Si no se declaran los importes correctos, pueden imponerse multas y sanciones; de ahí la importancia de elegir el tipo de cuenta adecuado.
La OCU señala que una de las formas más sencillas de evitar problemas es optar por una cuenta autorizada, ya que los autorizados no son titulares a efectos legales y no deben declarar la totalidad del dinero.
Para cuentas mancomunadas, recomiendan firmar un contrato al abrila que especifique qué parte corresponde a cada titular.
En las cuentas indistintas, también es crucial definir la titularidad claramente, dado que cualquier miembro puede utilizar los fondos sin consentimiento del resto.
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