A partir de enero próximo, los propietarios de patinetes eléctricos en España deberán disponer de un seguro de responsabilidad civil para circular por espacios públicos.
Recientemente, el Congreso ha aprobado una modificación de la Ley del Seguro de Automóviles, que también conllevará la creación de un registro de titulares de patinetes por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Esta medida de responsabilidad civil será aplicable a todos los vehículos de movilidad personal.
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La situación actual es que, cuando ocurre un accidente con un patinete y el conductor es considerado culpable, un tercero y su vehículo quedan desprotegidos.
Se han dado casos en los que el propietario del patinete se ha declarado insolvente para eludir el pago de elevadas indemnizaciones.
Para eliminar esta posibilidad, se ha incorporado un elemento de movilidad personal a la ley de seguros.
Estos vehículos eléctricos se clasifican como monoplazas capaces de alcanzar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h, siempre que su peso sea inferior a los 25 kilogramos.
Es frecuente observar patinetes circulando a gran velocidad debido a motores modificados y baterías con mayor autonomía.
También es común ver a más de una persona en un mismo patinete, especialmente jóvenes o incluso niños.
Los detalles concretos del seguro de responsabilidad civil y el registro de la DGT deberán estar redactados y creados, respectivamente, a más tardar el 2 de enero de 2026.
Fuentes de la DGT consultadas por el periódico El País indicaron que aún no se les ha solicitado formalmente la creación de dicho registro.
Se desconoce el número exacto de patinetes en circulación, aunque la Federación Española de Vehículos de Movilidad Personal estimaba que existían alrededor de cinco millones a finales de 2023.
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