Prohibición en España del Aprovechamiento Abusivo en Situaciones de Emergencia

El Gobierno de España ha aprobado una ley que impide a las empresas subir desmedidamente sus precios durante emergencias nacionales o globales, como sucedió con las aerolíneas que incrementaron sus tarifas de manera abusiva tras el reciente accidente ferroviario en Andalucía.

El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto-ley que establece un límite a los precios de determinados servicios y productos en situaciones de emergencia, las cuales alteran el equilibrio entre la oferta y la demanda.

La nueva normativa modifica la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios para incluir este tope excepcional de precios.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, subrayó que el propósito de la reforma es fortalecer la protección de los consumidores frente a posibles prácticas abusivas en situaciones de emergencia.

Ejemplos de ello ocurrieron durante las inundaciones en Valencia, los incendios forestales del verano de 2025 y el reciente descarrilamiento cerca de Córdoba.

Por ejemplo, los precios de rutas alternativas de transporte, como autobuses y vuelos entre Madrid y Andalucía, se dispararon cuando se cancelaron todos los trenes a causa del siniestro.

“Lo que hacemos con este decreto es introducir un instrumento para evitar la especulación en situaciones que explotan la vulnerabilidad de la ciudadanía, pues está claro que esos incrementos de precio no se deben a un aumento de los costes de operación, sino al intento de extraer el máximo beneficio posible a costa de la situación de emergencia súbita de las personas”, explicó Bustinduy.

Según la nueva regulación, cuando el Gobierno declare un estado de emergencia, podrá fijar un precio máximo para un producto o servicio, que no podrá superar el precio más alto que tuviera en los 30 días naturales anteriores al inicio de la emergencia.

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El nuevo decreto también establece que, si el precio máximo registrado en esos 30 días fue más de un cincuenta por ciento superior al precio medio de ese mismo período, el límite se calculará tomando el precio medio de esos 30 días incrementado en un 50%.

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La ley aclara que los casos en los que se podrán limitar los precios no se restringen únicamente a las emergencias de protección civil formalmente declaradas, sino que también incluyen otras situaciones determinadas por el propio Consejo de Ministros.

Esto significa que podría abarcar otras situaciones de emergencia como accidentes, emergencias técnicas, casos de fuerza mayor u otras circunstancias imprevistas, cuando el Consejo lo considere necesario.

Dicho acuerdo deberá especificar las fechas de inicio y fin del período de aplicación de la limitación, los bienes o servicios afectados y la referencia específica que servirá de base para fijar el precio máximo.

La normativa también reconoce el derecho de los consumidores al reembolso automático de cualquier cantidad cobrada por encima del precio máximo establecido.

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