Plazos Fiscales en España 2026

Residentes, no residentes, asalariados, autónomos, propietarios de inmuebles en alquiler, jubilados… Existen diversos plazos fiscales a lo largo del año que deben conocerse en función de su situación en España. Asegúrese de anotar estas fechas en su calendario para 2026.

Aunque muchos no deban preocuparse por los plazos fiscales aún, es recomendable tenerlos marcados para el próximo año, a fin de mantenerse al día y evitar sanciones por presentación o pago extemporáneos.

Residentes

Tiene hasta el 30 de junio de 2026 para realizar su declaración anual de la Renta. Por lo general, todos los residentes están obligados a presentarla, estén empleados o jubilados, si sus ingresos superan los 22.000 euros por una única fuente o los 14.000 por varias. Si es autónomo, deberá realizarla independientemente de lo que haya ganado. Si es su primer año en España, también deberá presentarla.

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Autónomos

Si ejerce como autónomo en España, ya conocerá la multiplicidad de plazos fiscales a lo largo del año. Si va a comenzar su actividad en 2026, esto es lo le que espera.

Básicamente, si es trabajador autónomo, declarará sus impuestos cinco veces al año: una por trimestre y, además, la declaración anual de la renta a finales de junio, como se ha mencionado.

Analizaremos todos los plazos individuales para cada tipo de modelo en un artículo posterior más detallado, pero, por ahora, he aquí las fechas generales que debe conocer:

  • 30 de enero: por los ingresos del cuarto trimestre de 2025.
  • 20 de abril: por los ingresos del primer trimestre de 2026.
  • 30 de junio: para la declaración anual de la Renta.
  • 22 de julio: por los ingresos del segundo trimestre de 2026.
  • 21 de octubre: por los ingresos del tercer trimestre de 2026.

Las retenciones sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los empleados deben presentarse el día 20 de cada uno de los meses antes señalados.

Nótese que los plazos para declarar el IVA suelen ser un par de días posteriores, pero si cuenta con un gestor, este preferirá recibir toda la información y la contabilidad de una vez.

Asímismo, es crucial ser consciente de que su gestor probablemente establecerá sus propios plazos internos para poder trabajar con los modelos antes de las fechas oficiales. Muchos fijan estos plazos para mediados de mes, alrededor del día 15.

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No residentes

Su declaración anual por el dinero obtenido en España durante 2025 debe presentarse antes del 31 de diciembre de 2026.

Arrendadores

Usted es responsable de declarar los ingresos procedentes de alquileres cuatro veces al año. Los plazos son:

  • 20 de enero
  • 20 de abril
  • 20 de julio
  • 20 de octubre

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Propietarios de inmuebles

Si es propietario de un inmueble en España, ya sea residente, no residente, autónomo o asalariado, deberá abonar anualmente el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

La fecha exacta varía según el municipio, pero es fundamental que esté atento al recibo, que normalmente se envía por correo postal.

Titulares de activos o ahorros en el extranjero

Si posee activos en el extranjero o tiene ahorros que excedan los 50.000 euros en una cuenta bancaria foránea a 31 de diciembre de 2025, deberá cumplimentar un modelo tributario adicional denominado Modelo 720 en 2026.

Este debe presentarse telemáticamente entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026, en relación con la cantidad mantenida el año anterior.

No está obligado a cumplimentar el Modelo 720 anualmente; solo deberá hacerlo si su situación ha cambiado significativamente, sus activos han aumentado o ha vendido alguno de ellos.

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