Palma intensifica las restricciones a vehículos extranjeros en la Zona de Bajas Emisiones

Recientemente, varios residentes de Palma han recibido una desagradable sorpresa al ser multados por circular por la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), bajo la premisa errónea de contar con la autorización pertinente. El Ayuntamiento de Palma ha advertido que los vecinos con vehículos matriculados en el extranjero han de completar un registro específico para eludir sanciones, ya que dichos vehículos “no están automáticamente autorizados a acceder a la ZBE”.

El Consistorio ha explicado que el problema deriva de que “el sistema de la Dirección General de Tráfico (DGT) no está estandarizado en la Unión Europea (UE), pues cada país posee su propio método de clasificación, lo que imposibilita la verificación automática de los niveles de emisión de los vehículos con matrícula foránea”.

Las autoridades han señalado que los residentes empadronados dentro del perímetro de la ZBE que sean titulares de vehículos de matriculación extranjera y que cumplan los requisitos de acceso, deben inscribirse en la base de datos municipal para obtener una autorización, la cual tendrá una validez máxima de seis meses.

En concreto, los interesados deberán presentar una solicitud genérica mediante la sede electrónica del Ayuntamiento de Palma (registro/presentación de solicitudes), de forma presencial en las Oficinas de Atención al Ciudadano (OAC), o con cita previa a través de la web del Consistorio, para ser incluidos en el Registro Municipal de vehículos autorizados para la ZBE, adjuntando la documentación técnica del vehículo. “No se puede acceder a las zonas ACIRE del centro sin la correspondiente autorización”, ha enfatizado el gobierno local. La sanción estandar es de 200 euros, si bien esta puede incrementarse para infractores reincidentes.

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¿Qué requisitos deben cumplirse para acceder a la ZBE de Palma?

Están autorizados a ingresar en la Zona de Bajas Emisiones de Palma los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados a partir de enero del 2000 (que cumplen la normativa Euro 3) y los vehículos diésel matriculados a partir de enero del 2006 (que cumplen las normas Euro 4 y 5).

También se permite el acceso a vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como diésel, matriculados a partir de 2005. Igualmente, pueden acceder las motocicletas y ciclomotores que cumplan la normativa Euro 2, matriculados desde 2003.

Asímismo, pueden circular por la zona los híbridos enchufables con autonomía inferior a 40km, los híbridos no enchufables, los vehículos de gas natural (GNC y GNL) y los de gas licuado del petróleo (GLP). También están permitidos los vehículos eléctricos 100% de batería (BEV), los vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV), los híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía mínima de 40km y los vehículos de pila de combustible.