Categorías del permiso de conducción español.
Crédito: Bartosz Zakrzewski, Shutterstock
Nadie espera perder su carné de conducir a causa de un reconocimiento médico, pero esto podría convertirse en una realidad para miles de conductores en España. La Dirección General de Tráfico (DGT) está endureciendo sus normativas a partir de 2025, y los titulares con determinadas afecciones médicas podrían ver denegada directamente la renovación.
No se trata de un castigo, sino de seguridad vial. La DGT alega que demasiados accidentes están vinculados a problemas de salud que merman la capacidad de juicio, el nivel de alerta o el tiempo de reacción, en ocasiones sin que el propio conductor sea consciente de ello.
No obstante, la cuestión que preocupa ahora a la ciudadanía es comprensible: ¿quiénes integran la lista de riesgo?
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Motivos de la DGT para el rigor en la aptitud médica
España ya exige a los conductores someterse a reconocimientos médicos periódicos. No obstante, la nueva normativa va más allá al incorporar dolencias adicionales que podrían limitar, restringir o impedir completamente la renovación del permiso.
Las condiciones de salud no afectan a la conducción de la misma manera. Algunas pueden controlarse con tratamiento, mientras que otras conllevan un riesgo real de pérdida de conocimiento, desorientación o limitaciones físicas súbitas, escenarios que podrían resultar fatales al volante.
De ahí que la DGT haya sido contundente en su decisión: si un médico no puede garantizar una conducción segura, no se renovará el permiso.
Aunque no todo son malas noticias. El proceso se evalúa caso por caso, en función de:
• la gravedad de la afección
• la eficacia del tratamiento
• la evolución de la enfermedad
• la posibilidad de adaptar el vehículo
Nadie queda automáticamente excluido, pero ahora los conductores deben demostrar que están en condiciones de conducir.
Afecciones sujetas a un escrutinio más estricto
La DGT ha clasificado los principales riesgos en varias categorías médicas. He aquí lo que todo conductor debería conocer:
**Trastornos de salud mental**
Afecciones como la ansiedad, la depresión, el TOC o el TDAH no conllevan *ipso facto* la pérdida del derecho a conducir. No obstante, un médico debe certificar que los síntomas, así como los efectos secundarios de la medicación, están controlados. De no ser así, la renovación podría ser temporal o denegarse.
**Enfermedades cardiovasculares**
Cualquier patología que afecte al ritmo cardíaco o al flujo sanguíneo puede interferir en los reflejos del conductor. Las señales de alarma más relevantes son:
Arritmias significativas
Infartos de miocardio con secuelas permanentes
Insuficiencia cardíaca grave
Portadores de marcapasos o desfibriladores sin estabilización médica
Estas condiciones pueden requerir revisiones médicas frecuentes antes de autorizar el permiso.
**Trastornos neurológicos**
Esta es una de las categorías más restrictivas. La DGT es especialmente inflexible en casos de:
Epilepsia (las crisis y la pérdida de conciencia son incompatibles con la conducción)
Antecedentes de ictus, en especial si persisten afecciones en la movilidad, la visión o la atención
Los facultativos deben demostrar que no existe riesgo de episodios súbitos.
**Trastornos endocrinos**
En este grupo se incluyen:
La diabetes insulinodependiente, que puede provocar hipoglucemias peligrosas
Trastornos tiroideos graves, que pueden causar temblores, fatiga, confusión o agitación excesiva
Si el tratamiento es estable, la renovación suele ser posible, aunque con un seguimiento más exhaustivo.
**Enfermedades respiratorias**
La principal preocupación recae en la apnea obstructiva del sueño, especialmente cuando cursa con somnolencia diurna moderada o grave. Los microsueños al volante pueden desembocar en accidentes catastróficos, por lo que a menudo se concederán renovaciones de menor duración vinculadas al éxito del tratamiento.
**Cáncer y enfermedades hematológicas**
La quimioterapia y radioterapia pueden provocar:
Fatiga extrema
Enlentecimiento de los reflejos
Niebla mental
Cuando estos síntomas están presentes, los médicos podrán denegar temporalmente la renovación hasta que remitan los efectos del tratamiento.
**Deficiencias motrices y de movilidad**
Si las articulaciones, las extremidades o la columna vertebral se ven gravemente afectadas, el control físico del vehículo puede verse comprometido. Los vehículos adaptados pueden permitir la renovación, aunque siempre tras evaluaciones médicas y de conducción específicas.
Implicaciones para los conductores en España
Si usted depende de su automóvil para trabajar, para su familia o para su independencia, este nuevo sistema puede resultarle abrumador. Sin embargo, la DGT insiste en que el objetivo es la equidad y la prevención, no retirar el permiso a todo aquel que reciba un diagnóstico.
Algunos conductores mantendrán su permiso, pero con:
Renovaciones por plazos más cortos (1 a 3 años)
Seguimientos médicos obligatorios
Necesidad de adaptar el vehículo
Otros se enfrentarán a una suspensión temporal mientras el tratamiento se estabiliza.
Y, efectivamente, en algunos casos el permiso simplemente no será renovado.
Cómo evitar sorpresas desagradables
El consejo de la DGT es sencillo:
No espere hasta la cita de renovación
Consulte con su médico con antelación sobre su aptitud para conducir
Asegúrese de que su historial de tratamientos esté documentado y actualizado
Declare las afecciones con honestidad; ocultarlas podría acarrear consecuencias legales
Un informe médico de un especialista podría marcar la diferencia entre conservar su independencia y perder súbitamente el derecho a conducir.
España aspira a carreteras más seguras y considera que unas normas médicas más estrictas son el camino para lograrlo. Si bien los cambios pueden suponer un impacto para muchos, el sistema sigue siendo personal, médico y adaptable.
Existe una conclusión clara para todo conductor: si su estado de salud ha cambiado, su permiso de conducción podría depender de lo bien que se controle dicha afección.
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