Nuevo Sistema de Entrada/Salida de la UE: Esto Es lo que Debes Saber sobre Visas, Seguros y Retrasos

ACLARACIÓN SOBRE EL NUEVO SISTEMA EUROPEO DE ENTRADA/SALIDA (EES)

A medida que se acerca la implementación del Sistema Europeo de Entrada y Salida (EES) el próximo 12 de octubre, han surgido diversas especulaciones y malentendidos en torno a sus implicaciones reales para los viajeros. Mientras algunos sostienen que los ciudadanos extracomunitarios deberán acreditar un seguro de viaje, otros perciben el EES como una suerte de represalia por el Brexit. Pero, ¿qué hay de cierto en estas afirmaciones? A continuación, desglosamos algunos de los equívocos más extendidos.

Mito: Los viajeros británicos deberán acreditar su seguro médico

Recientemente, se ha generado confusión en torno a la necesidad de que los pasajeros no comunitarios que viajen en el Eurostar desde el Reino Unido al espacio Schengen presenten prueba de seguro médico. A partir del 12 de octubre, los viajeros deberán escanear sus pasaportes u otros documentos de viaje en los quioscos habilitados en la estación internacional de Londres St Pancras. Durante este proceso, también se les formularán algunas preguntas relativas a sus planes de viaje.

Inicialmente, algunos medios británicos informaron de que una de estas preguntas sería "¿Dispone de seguro médico?". No obstante, Eurostar ha confirmado a Euronews Travel que se trata de un error de traducción y que la pregunta correcta debe hacer referencia al ‘seguro de viaje’. El Gobierno británico ha corroborado que los viajeros no están obligados a contar con un seguro médico para ingresar en la UE tras la entrada en vigor del EES.

"El seguro médico no será un requisito obligatorio para los ciudadanos del Reino Unido que viajen a la UE bajo el EES. No obstante, recomendamos encarecidamente que todos los pasajeros contraten un seguro de viaje integral, que incluya cobertura médica, antes de salir al extranjero", declaró un portavoz.

Muchos viajeros británicos dependen actualmente de la Tarjeta Sanitaria Europea Global (GHIC), proporcionada gratuitamente por el NHS. Aunque no sustituye a un seguro médico, permite acceder a tratamiento médicamente necesario en los países de la UE y Suiza, ya sea al mismo coste que los residentes nacionales o de forma gratuita.

Sin embargo, la sugerencia de que el seguro de viaje podría llegar a ser obligatorio con la introducción del EES ha suscitado inquietud, especialmente entre viajeros de edad avanzada o con condiciones médicas preexistentes, dado que las pólizas para estos colectivos pueden resultar prohibitivas. La Comisión Europea ha confirmado al diario The Independent que no se exigirá prueba alguna de seguro de viaje. El EES no altera los requisitos de entrada para los viajeros británicos con destino a la UE y al espacio Schengen, aunque estos deberán seguir cumpliendo con la normativa posterior al Brexit.

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Dicha normativa incluye justificar el propósito del viaje, acreditar fondos suficientes para la estancia y presentar prueba de alojamiento reservado. Asimismo, podrían necesitar mostrar evidencia de un billete de regreso al Reino Unido o de continuación del viaje a un tercer país que les permita la entrada. Su pasaporte debe tener una validez mínima de tres meses tras la fecha prevista de salida de la UE y haber sido expedido en los últimos diez años.

Mito: Los viajeros británicos deberán solicitar un visado con la implementación del EES

Los viajeros no comunitarios procedentes de países con exención de visado, como el Reino Unido, no necesitarán solicitar un visado para estancias cortas con la introducción del EES. Las estancias cortas se definen como periodos de hasta 90 días dentro de un lapso de 180 días.

Ello se debe a que el EES únicamente registrará electrónicamente los datos de entrada y salida en las fronteras de la UE para ciudadanos no comunitarios que viajen al espacio Schengen. Está diseñado para registrar digitalmente dichos datos, con el fin de identificar a quienes excedan el plazo de su visado, mejorar la seguridad fronteriza y reemplazar el sellado manual de pasaportes. No modifica las políticas de visados ni implica la necesidad de uno donde antes no era requerido.

Es comprensible la confusión con el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS), cuya introducción está prevista a partir de finales de 2026. Será obligatorio para viajeros exentos de visado que ingresen en el espacio Schengen, incluidos los nacionales británicos, pero no constituye un visado. Se trata de un sistema de exención de visado análogo al ESTA estadounidense, concebido como un procedimiento de autorización previa al viaje ágil y en línea.

Mito: El EES es una represalia por el Brexit

Algunos viajeros británicos han manifestado su preocupación ante la posibilidad de que el nuevo sistema EES se esté implementando primordialmente como castigo al Reino Unido por el Brexit.

Sin embargo, el EES es una iniciativa de la UE en su conjunto destinada a racionalizar y automatizar el control fronterizo para todos los visitantes no comunitarios, no exclusivamente para los ciudadanos británicos. Su objetivo principal es garantizar el correcto cumplimiento de las normativas de viaje de Schengen vigentes, como la regla de la estancia corta de 90 días.

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De hecho, el EES se venía planificando desde mucho antes de que el Brexit tuviera lugar, y el Reino Unido participó en dicha planificación durante su permanencia en la UE.

El Reino Unido ha introducido, a su vez, su propio sistema de control fronterizo, el Electronic Travel Authorisation (ETA), a partir de abril de 2025. Se trata de un permiso de viaje digital vinculado al pasaporte, no de un visado ni una garantía de entrada.

Los visitantes de países que actualmente no requieren visado para estancias cortas, incluyendo tránsito y turismo, necesitan un ETA, así como los ciudadanos de países que sí lo requieren antes de viajar. En función de su nacionalidad, los viajeros en tránsito por el Reino Unido también podrían necesitar un ETA, especialmente si atraviesan el control fronterizo.

Con un ETA, los viajeros pueden realizar múltiples viajes al Reino Unido por un periodo de hasta seis meses dentro de un lapso de dos años, o hasta la fecha de expiración de su pasaporte, lo que ocurra primero. Este sistema exige que los viajeros de países con exención de visado, incluidos los ciudadanos de la UE, soliciten una autorización previa al viaje antes de ingresar en el Reino Unido.

Mito: El EES se aplica a todos, incluidos los ciudadanos de la UE

El sistema EES solo será de aplicación a los ciudadanos no comunitarios, tanto de países con exención de visado como de terceros países, que viajen para estancias cortas hacia o desde el espacio Schengen.

Los ciudadanos de la UE, así como quienes posean visados y permisos de residencia de larga duración expedidos por un país del espacio Schengen, no se verán afectados por el sistema EES, según ha establecido la Unión Europea.

Tampoco afectará a los nacionales no comunitarios que viajen a Europa para estudiar, investigar, formarse, participar en programas de intercambio de estudiantes, servicios de voluntariado, au pairing o proyectos educativos.

Del mismo modo, las personas que gocen de ciertos privilegios en los controles fronterizos, así como aquellas exentas de dichos controles —como trabajadores transfronterizos o jefes de Estado—, estarán entre las categorías que no deban someterse al sistema EES.

Mito: El EES conllevará tasas fronterizas adicionales

El EES en sí mismo no requiere el pago de ninguna tasa adicional en la frontera.

No obstante, con la introducción del ETIAS a partir de 2026, los viajeros de países no comunitarios deberán abonar una tasa de aproximadamente 20 € por persona para obtener la autorización de viaje. Dicha autorización mantendrá su validez durante tres años, o hasta la expiración del pasaporte.

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Los viajeros menores de 18 años y mayores de 70 están exentos de este pago, al igual que los familiares de ciudadanos de la UE o de ciudadanos no comunitarios con derecho a la libre circulación dentro de la UE.

La tasa del ETIAS fue recientemente elevada de 7 € a 20 € y sigue bajo revisión, debido a la preocupación de que pueda incrementar desproporcionadamente los costes para los viajeros, especialmente para las familias.

Mito: Los cruces fronterizos se volverán más complejos con el EES

Algunos viajeros y expertos han expresado su temor a que el sistema EES pueda prolongar y complicar aún más los cruces fronterizos en los aeropuertos europeos más concurridos.

Si bien es posible que se experimenten demoras iniciales mientras viajeros y personal fronterizo se familiarizan con el nuevo sistema, a la larga el EES pretende agilizar y hacer más eficiente el control fronterizo.

Este objetivo se logrará principalmente mediante la sustitución de los sellos manuales de pasaporte y la automatización de sistemas biométricos, como el escaneo facial y la toma de huellas dactilares. La UE está estudiando la implementación de sistemas de preregistro y quioscos de autoservicio en determinadas fronteras para agilizar el procesamiento de viajeros y reducir los tiempos de espera.

Cabe destacar que el registro de datos en el EES tiene una validez de tres años. Durante ese periodo, el viajero solo necesitará facilitar una huella dactilar o una fotografía en la frontera al entrar y salir, en lugar de someterse nuevamente al proceso de registro completo.

Mito: El EES registrará y almacenará toda la información personal

En un contexto de creciente preocupación por la privacidad de los datos y las brechas de seguridad, también han surgido inquietudes respecto a que el EES podría almacenar toda la información personal de los viajeros de países no comunitarios.

El sistema EES solo registrará información específica relativa a los viajes y datos biométricos de los visitantes, como escaneos faciales, huellas dactilares, fechas de entrada/salida y detalles del pasaporte. No rastreará otro tipo de información personal ni los movimientos o actividades diarias dentro de la UE. Los datos recopilados se regirán por la estricta normativa de protección de datos de la UE, que establece límites claros sobre su acceso, plazo de conservación y uso.

Su finalidad es garantizar que los viajeros cumplan con la norma de estancia corta de 90 días y no permanezcan en el espacio Schengen más allá del plazo permitido.