Novedad Fiscal 2026 en España: El cambio en las normas del Bizum podría afectar seriamente a los expatriados— Lo que necesitas hacer —

Las entidades de pago, monederos digitales y plataformas de pago no bancarias que operan en España también están sujetas a las obligaciones informativas. Crédito de la foto: Pixelated 275/Shutterstock

A partir del 1 de enero de 2026, una reforma legal clave ampliará el seguimiento de los pagos electrónicos en España. En virtud del Real Decreto 253/2025, los bancos, los proveedores de servicios de pago y las entidades de dinero electrónico deberán informar mensualmente a la Agencia Tributaria sobre todos los pagos recibidos por empresas y autónomos a través de servicios de pago por móvil (como Bizum), pagos con tarjeta y otros canales digitales, con independencia del importe.

Se eliminan los umbrales anteriores, que solo exigían declarar las cantidades elevadas en transacciones empresariales. El objetivo es incrementar la transparencia y contribuir a combatir la economía sumergida en sectores donde los pagos digitales son predominantes.

Ámbito de aplicación y exclusiones

Enfoque en la actividad económica, no en las transferencias personales

Las nuevas obligaciones se aplican específicamente a las transacciones vinculadas a actividad profesional o comercial: empresas, autónomos y cualquier entidad que reciba pagos por servicios o bienes.

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Las transferencias personales ordinarias entre particulares (por ejemplo, entre familiares o amigos que utilicen Bizum) siguen excluidas de la declaración.

Para los pagos con tarjeta, también existe una obligación anual de información si los movimientos totales anuales de una tarjeta (ingresos y cargos) superan los 25.000 €. Las tarjetas con un uso inferior a ese umbral están exentas del régimen de declaración completo. Los pensionistas que reciban pensiones del Reino Unido verán estas transferencias incluidas en los controles de datos transfronterizos.

Los bancos, proveedores de dinero electrónico y plataformas de pago deben informar sobre la actividad incluso si no tienen presencia física en España. Los pagos de servicios como Stripe o PayPal que involucren a clientes españoles también quedarán registrados. Los expatriados sin NIE de residencia aún podrían ser objeto de escrutinio si sus flujos digitales anuales superan los 25.000 €.

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Recomendaciones para expatriados y profesionales a pequeña escala

Separar las finanzas personales y empresariales

Dado que las obligaciones de información se aplican solo a los pagos relacionados con la actividad empresarial, es aconsejable separar las cuentas personales y profesionales. Utilice una cuenta dedicada para los pagos profesionales, especialmente al usar Bizum o terminales de tarjeta, para evitar una clasificación errónea.

Mantener facturas y registros detallados

Todos los ingresos recibidos a través de Bizum, tarjeta u otros métodos digitales deben ir acompañados de una factura o justificante de servicio adecuado, incluyendo todos los datos fiscales (nombre, NIF, concepto, importe, fecha, IVA si procede). Esto garantiza que los pagos declarados coincidan con los ingresos declarados.

Llevar una contabilidad actualizada

Debido a que el nuevo sistema informa de todos los importes vinculados a la actividad empresarial, la contabilidad debe reflejar cada transacción. Incluso los pagos modestos o irregulares podrían ahora ser visibles para las autoridades. Herramientas como Holded o FacturaDirecta pueden ayudar a realizar un seguimiento preciso.

Proteger el estatus de residencia y buscar asesoramiento

Asegúrese de que su NIE esté vigente para beneficiarse de las protecciones de los tratados y considere consultar a un asesor fiscal transfronterizo para minimizar riesgos. El convenio de doble imposición entre el Reino Unido y España protege muchos tipos de ingresos, pero las ganancias digitales no declaradas siguen siendo una señal de alerta.

Modelos de declaración y resúmenes anuales

Declaración de Bizum y tarjetas – Modelo 170

Todas las transferencias de Bizum relacionadas con la actividad empresarial, los pagos con tarjeta y la actividad con tarjetas virtuales se declaran mensualmente. Las transferencias personales entre particulares siguen exentas. Se elimina el antiguo límite de 3.000 €, lo que significa que incluso las pequeñas transacciones de autónomos quedan ahora sujetas al sistema.

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Todas las cuentas incluidas – Modelo 196

Las cuentas corrientes, de ahorro, huchas digitales y otros productos financieros similares se incluyen en los informes mensuales. Los pensionistas que reciban pensiones del Reino Unido quedan ahora incluidos en la información transfronteriza.

Resumen anual de tarjetas – Artículo 38 ter

Se compilan los totales anuales de pagos, retiradas y cargas de tarjetas. Por debajo de los 25.000 € anuales, no se requiere presentación adicional. Por encima de este límite, es obligatorio un informe XML completo.

Por qué es importante

La reforma de los pagos digitales en España forma parte de un cambio fiscal más amplio para 2025–2026, que incluye tipos actualizados del IRPF para ahorros superiores a 300.000 € y ajustes en el impuesto sobre el patrimonio. Para los recién llegados, la obtención temprana de la Ley Beckham ofrece un tipo fijo del 24% sobre los ingresos que cumplan los requisitos.

El incumplimiento de las obligaciones de información puede conllevar sanciones, inspecciones o requerimientos tributarios retroactivos. Los expatriados, autónomos, propietarios de alquileres y proveedores de servicios deben adaptarse para seguir cumpliendo. Una organización temprana, cuentas adecuadas y un registro claro reducen los riesgos y garantizan una gestión fluida.

Puntos clave

  • A partir del 1 de enero de 2026, se requiere declaración mensual para todos los pagos recibidos por empresas o autónomos a través de Bizum, tarjeta u otros métodos digitales.
  • Se eliminan los umbrales previos de declaración.
  • Las transferencias personales entre particulares siguen excluidas.
  • Los expatriados deben separar cuentas, mantener facturas precisas y monitorear los totales anuales de tarjetas.
  • Herramientas como Holded o FacturaDirecta ayudan a realizar un seguimiento efectivo.
  • El cumplimiento reduce el riesgo de sanciones e inspecciones.
  • Se recomienda asesoramiento profesional para autónomos, propietarios y pequeñas empresas.
  • Incluso los pequeños pagos empresariales quedan ahora bajo la supervisión española. La configuración de cuentas, contabilidad y facturación adecuadas asegura el cumplimiento cuando entren en vigor las nuevas normas.

Lista de verificación para expatriados

  • Separar cuentas personales y empresariales.
  • Mantener registros detallados de todos los pagos relacionados con la actividad.
  • Emitir facturas con NIF, descripción del servicio, fechas e IVA.
  • Actualizar la contabilidad periódicamente.
  • Seguir las transacciones de Bizum y tarjetas mediante herramientas contables.
  • Intentar mantener los totales anuales de tarjeta por debajo de 25.000 € cuando sea posible.
  • Asegurarse de que el NIE está vigente y buscar asesoramiento fiscal transfronterizo.
  • Seguir las actualizaciones y orientaciones de la AEAT durante el primer semestre de 2026.

Conclusión

A partir del 1 de enero de 2026, Bizum y otros pagos digitales se integrarán plenamente en la supervisión fiscal española. Los expatriados y autónomos deben actuar ahora para evitar sanciones e inspecciones. La organización temprana, un registro claro y el asesoramiento profesional garantizarán el cumplimiento, permitiendo que los pagos digitales sigan siendo una herramienta conveniente en la vida cotidiana.

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