Los usuarios de scooters eléctricos en España están obligados a registrar sus vehículos en la DGT antes de circular por la vía pública.
Crédito: Wpadington, Shutterstock
Los propietarios de scooters eléctricos en España se enfrentan ahora a un requisito legal ineludible: a partir de 2026, estos vehículos deberán estar registrados en la DGT para poder circular, siendo dicho registro también necesario para obtener el seguro obligatorio. Esta medida afecta a millones de usuarios en todo el país y supone un giro hacia la equiparación de los vehículos de movilidad personal con los vehículos tradicionales en lo relativo a responsabilidad y seguridad vial.
Para muchos usuarios, el cambio ha pasado desapercibido, pero su impacto es considerable. La Dirección General de Tráfico estima que millones de scooters en España deberán incorporarse al nuevo registro, lo que implica que, tarde o temprano, la mayoría de los propietarios tendrán que realizar los trámites correspondientes.
La norma afecta a los típicos scooters de movilidad personal –vehículos eléctricos monoplaza con una velocidad comprendida entre 6 y 25 km/h–, es decir, los modelos que ya utiliza la mayoría de la población en ciudades y pueblos.
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Por tanto, si te estás preguntando qué debes hacer exactamente, a continuación encontrarás una guía práctica y clara.
Lo primero: verifica si tu scooter está sujeto a la norma
Antes de preocuparte por formularios y citas, conviene confirmar si tu scooter requiere registro. Si se trata de un scooter eléctrico estándar para movilidad personal y se encuentra dentro del rango de velocidad mencionado, la respuesta es casi con total seguridad afirmativa.
El propósito del registro no es meramente burocrático. Las autoridades pretenden que los scooters sean identificables, especialmente en caso de accidentes, reclamaciones al seguro o robos. En la práctica, funciona de modo similar a la vinculación de un vehículo con su propietario –algo que, hasta ahora, no existía para los scooters.
Y, lo que es más importante, el registro está ahora ligado al seguro. Sin él, no podrás cumplir con los requisitos legales para circular.
La opción más sencilla: registrar tu scooter en línea
Para la mayoría de los usuarios, realizar el trámite por internet será la vía más rápida. Necesitarás un método de identificación digital reconocido –como Cl@ve Móvil, certificado digital, DNIe o Cl@ve Permanente–.
Una vez identificado, los pasos son bastante sencillos. Deberás confirmar la titularidad del scooter, lo que también puede hacerse en representación de un menor si fuera necesario. En ese caso, se aportarán los datos del menor y se confirmará que se actúa como su representante legal.
Luego se introducen los datos del vehículo. Esto incluye información como la marca y el modelo, el número de serie y el número de certificado asociado al scooter. También deberás subir la ficha técnica o una fotografía clara donde se visualice el número de serie.
Posteriormente, se abona una tasa reducida –8,67 euros– y, una vez aprobada la solicitud, podrás descargar un certificado de registro que muestra el número de identificación único del vehículo.
No es un proceso complicado, pero tener toda la documentación preparada de antemano sin duda agiliza la gestión.
¿Prefieres hacerlo presencialmente? Sigue siendo posible
Si los trámites en línea no son lo tuyo, puedes registrar el scooter en una oficina de la DGT. Por lo general, deberás solicitar cita previa a través de la web de la DGT, la aplicación miDGT o llamando al 060.
Existen un par de excepciones. Las personas mayores de 65 años y aquellas con dificultades de movilidad pueden acudir sin cita previa.
Antes de acudir, deberás cumplimentar el impreso de solicitud con tus datos personales, domicilio fiscal e información del scooter. Si el vehículo pertenece a un menor, un adulto deberá también completar la documentación que le acredite como representante responsable.
La tasa a abonar es la misma, y cabe destacar que no se admiten pagos en efectivo.
Por qué resolver esto ahora te evitará problemas en el futuro
Muchos usuarios sentirán la tentación de postergar el trámite hasta que sea estrictamente necesario. No obstante, esperar podría generar inconvenientes –especialmente una vez que el seguro esté plenamente vinculado al registro y se incrementen los controles–.
La realidad es que los scooters se han integrado en la movilidad cotidiana de España, y el nuevo registro refleja este cambio. Las autoridades persiguen normativas más claras, una mejor rendición de cuentas y una integración más segura con el resto de usuarios de la vía.
Para los usuarios, esto se traduce principalmente en un paso administrativo adicional –pero se trata de un paso que garantiza poder seguir utilizando el scooter sin preocuparse por multas, problemas con el seguro o complicaciones legales.
En definitiva, el proceso es relativamente ágil y económico. Dedicar un poco de tiempo al registro ahora supone tener una preocupación menos cada vez que salgas a dar tu próximo paseo.