La implementación del nuevo sistema electrónico de entrada y salida en los aeropuertos españoles ha dificultado extraordinariamente que ciudadanos británicos y de otros países incumplan la norma de los 90 días. Aquellos que excedan su estancia autorizada podrán enfrentarse a multas de hasta 10.000 euros.
El sistema electrónico de entrada y salida, instaurado por la Unión Europea en aeropuertos de todo el continente, ha clausurado efectivamente cualquier posible resquicio en la normativa de los 90 días. Dicha normativa permite a ciudadanos de países no comunitarios visitar los estados miembros por un máximo de 180 días al año, distribuidos en dos periodos de 90 días.
El reforzado sistema electrónico implica que las autoridades españolas conocen con exactitud el tiempo que los ciudadanos británicos y otros han permanecido en el país.
Estas son las posibles consecuencias si se reside en España más de 180 días al año, según el bufete Manzanares Lawyers.
Multas – En función del país y de la duración de la estancia irregular, se puede imponer una sanción económica que oscila entre los 500€ y los 10.000€. Esta penalización puede ir acompañada de una prohibición de entrada.
Deportación – Los países de la UE pueden otorgar un plazo limitado para abandonar el territorio o proceder a una deportación formal. Esto suele ocurrir si se está trabajando o se reciben prestaciones sin un visado válido.
Prohibición de entrada – Se puede vetar el reingreso si la estancia irregular es considerable, especialmente si se comete algún delito durante ese periodo. La prohibición puede extenderse por 3 años o más.
Prisión – Permanecer en el país con un visado vencido puede conllevar una pena de cárcel de 6 meses a 1 año o superior, lo cual es más probable si la sobrestadía tiene como fin trabajar y obtener remuneración sin un permiso de trabajo.
El nuevo sistema europeo de entrada y salida ya está operativo en el aeropuerto de Palma, tras haber sido instaurado la semana pasada.
