La futura ley antitabaco del Ministerio de Sanidad equipará los cigarrillos electrónicos con los convencionales, delimitará varias zonas exteriores donde no se podrá consumir ninguno de los dos, reforzará la protección en ciertos espacios con un perímetro de seguridad y prohibirá los vapes desechables.
El Ministerio de Sanidad planea iniciar el proceso legislativo «en unas semanas» una vez se resuelvan algunos asuntos pendientes, según afirmó la ministra Mónica García, quien reiteró este martes en el Congreso que será «la reforma más ambiciosa posible» de la normativa vigente.
El último borrador del proyecto, al cual ha tenido acceso la agencia EFE, prioriza «el derecho de la población no fumadora a respirar aire sin contaminación», al tiempo que busca desnormalizar el consumo, especialmente de los nuevos productos.
Define y regula estas nuevas formas de consumo, que estarán sujetas a las mismas restricciones que el tabaco: cigarrillos electrónicos con y sin nicotina, productos herbales para fumar/shisha, bolsitas de nicotina y cualquier otro dispositivo que contenga esta sustancia, sea natural o sintética, o sin ella, utilizado «con fines recreativos y/o que imite el acto de fumar, lo induzca o esté relacionado con su consumo tradicional y/o social».
Todos estos productos solo podrán venderse en estancos y tiendas especializadas, las cuales no podrán comercializar artículos que puedan resultar atractivos para menores, como dulces, snacks, juguetes y productos similares.
Nuevas zonas libres de humo
El borrador aclara algunas prohibiciones ya vigentes e incorpora nuevas áreas donde no se podrá fumar:
– Vehículos utilizados como lugares de trabajo.
– No se permite fumar en centros sanitarios, pero en el futuro también estará prohibido en zonas exteriores o cubiertas dentro de sus instalaciones.
– Centros educativos y de formación, universidades y centros para adultos.
– Instalaciones deportivas, piscinas públicas y recintos donde se realicen espectáculos públicos, ya sean interiores o al aire libre.
– Centros de ocio y recreo, excepto en áreas exteriores, así como discotecas, establecimientos de juego y locales de uso público en general, independientemente de la presencia de menores.
– Bares, restaurantes y otros establecimientos de hostelería, tanto en interior como en exterior.
– Zonas infantiles de juego, entendidas como áreas delimitadas con equipamiento específico para el entretenimiento de menores.
– Se refuerza la protección medioambiental prohibiendo fumar «en un perímetro inferior a 15 metros lineales» desde las entradas de edificios públicos, centros sanitarios y sociales (públicos o privados), «instituciones educativas, universidades, museos, bibliotecas y otros centros culturales o formativos, instalaciones deportivas y parques infantiles».
– Se eliminan los clubes de fumadores.
Las infracciones de la ley irán de leves a muy graves y serán sancionadas con multas de hasta 600.000 euros, incluyendo, específicamente, la publicidad y patrocinio de productos y dispositivos fuera de las excepciones previstas.
Las playas de Muro, en el noreste de Mallorca, y Port de Sant Miquel (Sant Joan de Labritja, Ibiza) se han unido a la campaña de playas sin humo, que ya cuenta con 50 arenales en Baleares bajo el lema «Platges sense fum, platges saludables». En total, la red balear suma ya medio centenar de playas libres de tabaco.
En otras zonas de España, 53 playas en Andalucía, 61 en Canarias y 18 en la Costa del Sol han sido declaradas libres de humo. En la Costa Blanca, una de cada cuatro playas ha prohibido fumar.
