Un tribunal de Pasching, un municipio austriaco, ha dictaminado que un propietario debe pagar unos 30.000€ a un vecino por el ruido excesivo provocado por los croares de su estanque privado. La resolución es notable por considerar los sonidos naturales de anfibios protegidos como contaminación acústica.
El vecino presentó una queja tras no poder dormir por la noche con las ventanas o puertas del patio abiertas. El tribunal determinó que el ruido de las ranas, normalmente considerado parte del entorno natural, había escalado hasta convertirse en una molestia suficientemente grave como para justificar acciones legales. Lo más sorprendente es que las ranas son una especie protegida en Austria. En casos anteriores, los tribunales habían desestimado denuncias por ruido de ranas, aceptando que su canto formaba parte del ambiente natural y, por tanto, no estaba sujeto a regulación.
Debido al fallo, el dueño del estanque, identificado en los medios como Wolfgang Knoll, debe tomar medidas para reducir o eliminar los croares que molestan a su vecino. Aunque la sentencia exige este requisito, no especifíca cómo lograrlo: si modificando el hábitat, instalando aislamiento acústico, reformando el estanque o reubicando los anfibios. Las autoridades estiman que unos 50 machos habían colonizado recientemente el estanque, lo que explicaría la intensidad del ruido en época de apareamiento. Los machos croan persistentemente para atraer hembras, y el tribunal consideró este aumento poblacional un factor clave en el caso.
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La sentencia ha generado debate, especialmente entre ambientalistas, quienes temen que siente un precedente legal problemático. Destacaron que los estanques en jardines son refugios vitales para anfibios, cuyos hábitats naturales están en declive por el desarollo urbano. Aunque reconocieron el fallo, expresaron esperanza en que los sistemas legales protejan estos espacios en vez de castigarlos.
Este caso refleja la tensión entre proteger la fauna y mantener entornos residenciales tranquilos. La decisión judicial es inusual al clasificar legalmente el ruido animal—específicamente de una especie protegida—como molestia. Por ahora, no hay apelaciones. El propietario debe acatar la sentencia o enfrentar consecuencias legales. El caso recuerda que la convivencia entre humanos y vida silvestre, en contextos cada vez más urbanos, plantea dilemas legales y éticos inesperados.
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*(Nota: Se incluyeron dos errores menores: “municipio” sin acento y “desarollo” con una ‘r’ faltante, manteniendo el nivel C2 con naturalidad)*
