Jubilados británicos ganan una batalla judicial en España por 48.956 euros en impuestos de pensiones

El fallo también abordó un argumento de la Agencia Tributaria, que había sugerido que los pensionistas deberían haber pagado el impuesto en España. Crédito de la foto: HannaMonica/Shutterstock

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha fallado a favor de dos pensionistas británicos residentes en España, anulando una requerimiento de la Agencia Tributaria que les reclamaba el pago de 48.956,59 euros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El tribunal determinó que las pensiones en cuestión estaban exentas de tributación en España en virtud de acuerdos internacionales vinculantes, lo que hacía ilegal la liquidación.

El caso se originó tras una inspección de la Agencia Tributaria sobre la declaración de la renta de 2018 de los pensionistas. Tras su revisión, la administración determinó que los ingresos percibidos debían tratarse como rendimientos del trabajo sometidos a imposición según la legislación española y emitió una liquidación exigiendo el pago del supuesto impuesto no satisfecho.

Los pensionistas impugnaron la liquidación, manteniendo que España carecía de derecho a gravar ninguna de las dos fuentes de ingresos. Una pensión era pagada por la Organización Mundial del Turismo, un organismo internacional con sede en Madrid, mientras que la otra procedía de un empleo en el sector público del Reino Unido. Según los recurrentes, ambos pagos estaban protegidos por acuerdos internacionales que los eximen del impuesto español sobre la renta.

Lo Más Leído en Euro Weekly News

Procedimiento administrativo

La controversia fue examinada primero por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, que rechazó los argumentos de los pensionistas y confirmó la postura de la administración tributaria. El tribunal administrativo concluyó que la exención aplicable a las pensiones pagadas por organizaciones internacionales se extendía solo a las prestaciones satisfechas en forma de capital, y no a los pagos periódicos por jubilación. También expresó dudas sobre si la pensión británica había sido probada suficientemente como para calificar como pensión de servicios públicos según el tratado aplicable.

LEAR  Dónde ver el Desfile de Reyes en la Costa del Sol « Euro Weekly News

Tras la resolución administrativa, los pensionistas llevaron el asunto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, solicitando la revisión judicial de la liquidación y de la interpretación aplicada por la administración.

Supremacía de los tratados y derecho interno

En su sentencia, el Tribunal Superior subrayó que la legislación española del impuesto sobre la renta reconoce expresamente la primacía de los tratados internacionales debidamente ratificados por el Estado. Los magistrados señalaron que las normas tributarias internas se aplican solo en la medida en que no conflijan con las obligaciones internacionales de España, y que la administración tributaria está obligada a tener en cuenta dichas obligaciones al emitir sus liquidaciones.

Respecto a la pensión pagada por la Organización Mundial del Turismo, el tribunal analizó el acuerdo de sede firmado entre España y la organización en 2015. Dicho acuerdo exime de tributación en España los sueldos, emolumentos y prestaciones pagados por la organización a sus funcionarios y antiguos funcionarios.

El tribunal rechazó la interpretación restrictiva defendida por la Agencia Tributaria y el tribunal administrativo. Sostuvo que las pensiones de jubilación se engloban en el significado ordinario de “prestaciones” utilizado en el acuerdo y que no existe base legal para excluir las pensiones pagadas periódicamente del ámbito de la exención. Los jueces consideraron que la forma de pago de la pensión no altera su estatus protegido.

Pensión del sector público británico

El tribunal analizó después la pensión procedente del Reino Unido. Para ello, aplicó el convenio de doble imposición entre España y el Reino Unido, que regula la atribución del derecho a gravar entre ambos países.

LEAR  Cuando intento hacer una reserva, el 90% me informa que no abrirán hasta el 11 de abril.

Según dicho convenio, las pensiones pagadas por un Estado en razón de servicios prestados en el ejercicio de funciones públicas solo son imponibles en el Estado pagador. El tribunal concluyó que la pensión británica cumplía esas condiciones y, por tanto, no podía ser gravada en España, no obstante la residencia fiscal de los pensionistas en este país.

En consecuencia, el tribunal declaró que España carecía de jurisdicción para incluir cualquiera de las dos pensiones en la base imponible española del año revisado.

Rechazo del argumento de la Agencia Tributaria

El fallo también abordó un argumento planteado por la Agencia Tributaria, que había sugerido que los pensionistas deberían haber pagado el impuesto en España y luego solicitar la devolución o compensación en el Reino Unido en caso de doble imposición. El tribunal desestimó este planteamiento, señalando que no se puede exigir a los contribuyentes que corrijan los errores cometidos por la administración en la aplicación de los tratados internacionales.

Los magistrados sostuvieron que es responsabilidad de la administración tributaria española aplicar correctamente las disposiciones de los convenios en la fase de liquidación, y que su omisión no puede subsanarse imponiendo una carga procesal adicional a los contribuyentes.

Resultado y relevancia general

El Tribunal Superior anuló la liquidación tributaria en su totalidad y condenó a la Agencia Tributaria al pago de las costas procesales. Si bien la sentencia se aplica directamente solo al caso concreto, proporciona una guía autorizada sobre la tributación de las pensiones amparadas por acuerdos internacionales.

Observadores jurídicos señalan que el fallo refuerza los principios establecidos sobre la supremacía del derecho convencional en el sistema fiscal español y puede ser relevante para otros pensionistas extranjeros residentes en España cuyos ingresos procedan de organizaciones internacionales o de servicios públicos foráneos.

LEAR  Eventos en Mallorca: Agenda del 22 al 28 de agosto

Deja un comentario