Falló un veredicto final: culmina una batalla legal de dos décadas por el estatus de un hotel en Alcúdia

El Tribunal Supremo de Madrid ha ratificado una sentencia del Tribunal Superior de les Illes Balears que ordena el cierre del Botel Alcudiamar en Puerto Alcudia, poniendo fin a un prolongado litigio sobre la autorización turística del establecimiento.

El caso se originó a raíz de un recurso interpuesto por el grupo ecologista GOB, que alegaba que el establecimiento había obtenido la licencia turística de manera ilegal y que el emplazamiento estaba originalmente destinado en exclusiva para uso náutico. Los tribunales dieron la razón a los ecologistas, determinando que la actividad hotelera contravenía la legislación urbanística y turística.

Se remonta a 2003

La disputa se remonta a 2003, cuando se otorgó la autorización turística al Botel Alcudiamar, momento en el que el inmueble ya funcionaba como hotel. Tras años de proceso judicial, el Tribunal Superior balear falló a principios de este año que dicha autorización no podía mantenerse vigente. En marzo de 2025, el tribunal instó al Consell de Mallorca a adoptar las medidas necesarias para clausurar el establecimiento en un plazo de dos meses.

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Alcudiamar S.L., la empresa que gestiona el puerto deportivo y el hotel, recurrió la decisión ante el Tribunal Supremo. No obstante, la máxima instancia judicial ha desestimado dicho recurso, confirmando en la práctica la sentencia anterior y exigiendo el cierre del hotel. La compañía ha manifestado únicamente que va a estudiar la resolución antes de pronunciarse al respecto.

Fallo del Tribunal Supremo

La sentencia del Tribunal Supremo parece concluir un proceso judicial de más de dos décadas, durante las cuales el hotel siguió funcionando. Los ecologistas que impulsaron la demanda inicial han mantenido siempre que la actividad turística del Botel Alcudiamar era incompatible con el uso autorizado del suelo, que, según sostienen, estaba destinado exclusivamente a instalaciones y servicios náuticos.

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El 17 de octubre, dos días después de que se hiciera pública la sentencia del Supremo, el GOB presentó un nuevo escrito ante el Tribunal Superior de les Illes Balears. En él, el colectivo instaba tanto al Consell de Mallorca como a Alcudiamar S.L. a clausurar y precintar las instalaciones hoteleras sin más dilación, arguyendo que la ejecución de la sentencia debía proceder de inmediato.

El fallo refuerza la conclusión previa del Tribunal Superior balear en el sentido de que el uso turístico del lugar vulneraba la normativa urbanística y ambiental. Asimismo, subraya la posición del poder judicial de que ningún interés privado o corporativo puede prevalecer sobre las calificaciones del suelo establecidas para la protección pública o ecológica.

El Botel Alcudiamar, situado en el dominio público marítimo-terrestre, sigue operativo de momento, a la espera de que se ejecute la orden de cierre. Se ha encomendado al Consell de Mallorca la supervisión del cumplimiento y la garantía del cese de la actividad hotelera.

La decisión del Tribunal Supremo sienta un precedente significativo en les Illes Balears, al reafirmar el respaldo judicial a la protección ambiental y a la ordenación territorial en los litorales, y pone fin a uno de los conflictos urbanísticos de mayor duración en Mallorca.