Extranjeros sin residencia legal en España ya tienen derecho a la sanidad pública

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves el real decreto que reconoce el derecho a la asistencia sanitaria pública para los extranjeros que se encuentren en España sin residencia legal. Para acceder a este derecho, las personas sin permiso de residencia deberán presentar una declaración responsable en la que acrediten que no disponen de cobertura sanitaria por ningún otro medio.

Dicha declaración deberá consignar su residencia habitual en territorio español, lo cual podrá demostrarse mediante el empadronamiento en el ayuntamiento o, en su defecto, con documentación como certificados escolares, recibos de servicios públicos o informes de servicios sociales. Para justificar su identidad, será necesario presentar el pasaporte o el documento de identidad expedido por su país de origen.

A falta de los anteriores, será válido otro documento emitido por la administración del país de origen que contenga al menos una fotografía. En el caso de menores de edad sin pasaporte, la identidad podrá probarse con la partida de nacimiento, el libro de familia o un documento oficial que acredite la tutela o guarda por parte de una administración pública. El Ministerio de Sanidad emitirá entonces un documento provisional que permitirá el acceso a la sanidad desde el primer momento y fijará un plazo máximo de tres meses para resolver el caso.

La normativa también reconoce a una serie de colectivos vulnerables que tendrán derecho a la asistencia inmediata, con independencia de su situación administrativa: entre ellos se incluyen los menores; las mujeres embarazadas; las víctimas de violencia de género (incluidos sus hijos) o de violencia sexual, explotación y trata; y los solicitantes de protección internacional o de la condición de apátrida.

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Este derecho a la sanidad pública se extenderá a los nacionales españoles que residan en el extranjero y a sus familiares durante sus estancias temporales en España, siempre que no tengan cobertura en virtud de convenios internacionales o de la legislación de seguridad social. El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes el real decreto que regula el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la protección de la salud y a la asistencia sanitaria por cuenta pública para los extranjeros sin residencia legal en España.

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