España se dispone a imponer normas más estrictas para los patinetes eléctricos, con nuevos controles para fabricantes y usuarios.
Crédito: Nigel Jarvis, Shutterstock
Si utilizas un patinete eléctrico en España –o barajas comprar uno–, el panorama está a punto de cambiar radicalmente.
Lo que comenzó como un medio de transporte rápido, económico y flexible para moverse por las ciudades españolas se adentra ahora en un territorio mucho más regulado. La Dirección General de Tráfico (DGT) se prepara para asumir el control directo sobre quién puede fabricar patinetes eléctricos, quién puede comercializarlos y qué modelos están autorizados a circular por las vías públicas.
Este cambio viene motivado por una modificación del Reglamento General de Vehículos, una actualización legal que, de modo discreto, traslada los patinetes eléctricos a una categoría que se asemeja mucho más a la de los coches que a la de los dispositivos personales.
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Para muchos usuarios, esto podría suponer el fin de la era del ‘todo vale’ en el mundo del patinete.
Los patinetes eléctricos pronto tendrán matrícula, seguimiento y un titular identificado
Uno de los cambios más significativos es la creación de un registro nacional específico para los patinetes eléctricos, clasificados oficialmente como vehículos ligeros de movilidad personal. Hasta ahora, los patinetes han existido al margen del sistema tradicional de vehículos. Eso está a punto de acabarse.
Según las nuevas reglas, los patinetes eléctricos se incorporarán al Registro de Vehículos de la DGT, la misma base de datos utilizada para coches y motocicletas. Cada patinete estará vinculado a un titular y contará con un historial administrativo y técnico detallado.
De acuerdo con la normativa actualizada, esta información incluirá la identidad y domicilio del titular, el número de certificado de circulación, las características técnicas del vehículo, fabricante, marca, modelo, laboratorio de certificación, número de registro y los detalles del seguro obligatorio.
Quizás lo más importante sea que los cambios de titularidad quedarán registrados. Si un patinete se vende, transfiere o da de baja, dicho cambio se inscribirá oficialmente. En la práctica, esto significa que los patinetes dejarán de ser vehículos anónimos que circulan por la ciudad.
Fuentes del sector señalan que esta medida acerca la regulación de los patinetes a la de los automóviles, facilitando a las autoridades identificar responsabilidades en caso de accidentes, multas o uso indebido.
Solo los patinetes certificados por la DGT podrán circular por las carreteras españolas
La regulación no solo afecta a los usuarios. Impone también importantes nuevas responsabilidades a fabricantes y vendedores.
En adelante, los patinetes eléctricos deberán superar un proceso de certificación formal supervisado por la DGT. Dicha certificación podrá ser solicitada por el fabricante, un representante autorizado o, en casos excepcionales, por un particular. El objetivo declarado es garantizar que solo los modelos que cumplan unos estándares específicos de seguridad y técnica puedan circular por la vía pública.
La certificación implicará pruebas en laboratorios autorizados por la DGT, que verificarán que cada modelo cumple los requisitos para esta categoría de vehículo. Una vez aprobado, los fabricantes podrán registrar el modelo y exhibir la etiqueta ‘Certificado DGT’, incluyendo el uso del logotipo de la DGT en el material promocional.
En términos simples, esto otorga a la DGT el poder de decidir qué modelos de patinete pueden fabricarse, comercializarse y venderse legalmente en España. Los modelos que no obtengan la certificación podrían desaparecer por completo de las tiendas.
Esto supone un cambio sustancial en el mercado que podría afectar a los precios, la disponibilidad y la variedad de patinetes ofertados.
Límites de velocidad, exclusiones y lo que no se verá afectado
La normativa confirma que los patinetes eléctricos mantendrán un límite máximo de velocidad de 25 km/h, reforzando las restricciones ya existentes diseñadas para reducir accidentes graves en áreas urbanas concurridas.
No obstante, no todos los vehículos quedan sujetos al nuevo marco. Se excluyen explícitamente varias categorías, como los patinetes diseñados para uso exclusivo en terrenos privados o competición, vehículos destinados a personas con movilidad reducida, vehículos de alto voltaje que superen límites eléctricos específicos, juguetes con una velocidad máxima de 6 km/h, vehículos de uso militar y las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido (EPAC).
Para el usuario cotidiano, el mensaje es claro: los patinetes ya no se consideran dispositivos personales informales, sino vehículos que requieren trazabilidad, certificación y responsabilidad.
Los defensores del cambio argumentan que mejorará la seguridad, reducirá la presencia de patinetes mal construidos en las calles y clarificará las responsabilidades. Los críticos advierten de que podría expulsar del mercado a fabricantes más pequeños y encarecer los patinetes para el consumidor.
En cualquier caso, España está trazando una línea clara. Los patinetes eléctricos llegan para quedarse –pero lo harán ahora bajo unas normas que se asemejan mucho más a las que rigen los automóviles que a las del transporte urbano casual.
Para cualquiera que circule por las calles españolas, ese cambio llegará más pronto de lo que se podría esperar.
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