Control fronterizo EES: ¿Qué implicaciones tendrá para los residentes extracomunitarios en Europa?

El nuevo Sistema de Entrada y Salida (EES) de la Unión Europea, que conlleva controles de pasaporte más rigurosos, será implementado el 12 de octubre, aunque de forma gradual. No obstante, ¿cómo afectará a los residentes extracomunitarios que viven legalmente en países de la UE o del espacio Schengen?

Básicamente, el EES es un control de pasaporte reforzado en las fronteras externas de Schengen, que incluye la toma de una exploración facial y de huellas dactilares.

Puedes encontrar una explicación completa del nuevo sistema AQUÍ.

Los visitantes no comunitarios, incluidos aquellos con visados de corta duración, que crucen por primera vez una frontera exterior de la UE o Schengen, deberán someterse a los controles del EES.

El sistema comenzará oficialmente el 12 de octubre de 2025, pero solo en ciertos puntos de entrada y no para todos los pasajeros. Para abril de 2026, todos los visitantes no comunitarios estarán sujetos a estas verificaciones.

Sin embargo, existen varios grupos exentos del EES, y uno de ellos son los nacionales de terceros países que posean un permiso de residencia o un visado de larga duración de un país de la UE.

Mas ello no significa que los residentes extracomunitarios en países europeos no vayan a verse implicados en las posibles colas o retrasos en las fronteras derivados del EES.

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Por tanto, si eres un extranjero que reside en la UE o en el espacio Schengen, esto es lo que necesitas saber.

Exenciones

Uno de los objetivos declarados del EES es reforzar el control de las estancias que exceden el límite legal; es decir, de aquellas personas que permanecen más de 90 días en un periodo de 180 en el área UE/Schengen sin un visado, o que sobrepasan los límites de su visado de corta estancia.

Obviamente, estos límites no se aplican a los nacionales no comunitarios residentes en la UE o en el espacio Schengen, razón por la cual este grupo está exento de los controles del EES. En su lugar, deberán presentar su pasaporte y su permiso o visado de residencia al cruzar la frontera, tal y como hacen ahora.

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En sus explicaciones sobre el funcionamiento del EES, la Comisión Europea es clara: entre los grupos exentos se incluyen los residentes extracomunitarios en la Unión.

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Un portavoz de la Comisión declaró a The Local: "Los ciudadanos no comunitarios que residen en la UE no están dentro del ámbito de aplicación del EES y no estarán sujetos al preregistro de datos en el EES a través de sistemas de autoservicio. El uso de la automatización sigue siendo responsabilidad de los Estados miembros y su disponibilidad en los puntos de cruce de fronteras no es obligatoria.

"Al cruzar las fronteras, los titulares de permisos de residencia de la UE deberán poder presentar a las autoridades fronterizas sus documentos de viaje y permisos de residencia válidos".

Cómo funcionará en la práctica

No obstante, la manera en que esto se materialice variará en función del medio de transporte utilizado.

En la mayoría de los casos, los grupos exentos no podrán utilizar los escáneres automatizados de pasaportes —dado que estos no pueden escanear documentos adicionales como los permisos de residencia—, sino que deberán acudir a los mostradores de control manual.

Sin embargo, no está claro si estos puestos estarán disponibles en todos los aeropuertos, puertos o terminales, ni exactamente cómo se dirigirá a los residentes no comunitarios de la UE hacia dichos servicios.

Varios proveedores de transporte, como Eurotúnel, que opera lanzaderas ferroviarias a través del Canal de la Mancha entre Francia y el Reino Unido, indican que los residentes no comunitarios en estados de la UE/Schengen deberán simplemente dirigirse directamente a los puntos de control fronterizo habituales, obviando los controles del EES. Mientras tanto, los Puertos de Dover y Calais señalan que estos residentes deberán informar de su condición al personal facturación para ser dirigidos al lugar correcto.

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Pero como muchos viajeros sabrán, los guardias fronterizos no siempre están al tanto de los procedimientos y normativas aplicables a los residentes extracomunitarios en la UE. Incluso con el sistema actual, es relativamente común que a los residentes en la UE se les selle incorrectamente el pasaporte o se les proporcione información errónea acerca de ello por parte de los agentes fronterizos.

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Los británicos, en particular, recordarán el periodo inmediatamente posterior al Brexit, cuando los procedimientos descritos por la UE y las autoridades nacionales frecuentemente no coincidían con lo que ocurría sobre el terreno.

Lo fundamental es que el EES no altera realmente ninguna de las normas de entrada al espacio UE/Schengen; solo modifica la forma de hacerlas cumplir. Para los residentes en la UE, poseer un permiso de residencia válido siempre prevalece sobre cualquier sello incorrecto que pudieran estampar en su pasaporte.

¿Y si resido en la UE pero no tengo un visado/permiso de residencia?

Para la mayoría de ciudadanos no comunitarios, poseer un visado o un permiso de residencia es obligatorio para residir legalmente.

No obstante, existe una excepción: los ciudadanos británicos que residían legalmente en la UE antes de que finalizara el periodo de transición del Brexit y que viven en uno de los países "declarativos", donde obtener una tarjeta de residencia pos-Brexit era opcional, no obligatorio. Entre los países declarativos se incluyen Alemania, Italia y España.

Aunque es legal para las personas en esta situación vivir en esos países sin un permiso de residencia, las autoridades ya recomiendan obtener uno para evitar confusiones, problemas o retrasos en la frontera. Si bien el EES no cambia ninguna norma relativa a la residencia o los viajes, es probable que viajar sin tarjeta de residencia conlleve más inconvenientes que en la actualidad.

Por ejemplo, se está alentando a los británicos en Italia y España a que obtengan los permisos de residencia pos-Brexit correspondientes para poder demostrar que están exentos una vez que el EES esté operativo. A los británicos en Alemania se les ha facilitado una lista de documentos que pueden utilizar para acreditar su condición de residentes y, por tanto, su exención de los controles del EES.

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Retrasos

Aunque los residentes en la UE no necesiten completar los trámites del EES, podrían verse afectados si el nuevo sistema provoca largas colas o retrasos en la frontera.

Varios países han expresado su preocupación al respecto, siendo la frontera entre el Reino Unido y Francia una de las que más inquietud genera.

¿Viajar con pasajeros no exentos?

Otra forma en la que los viajeros exentos se verán inmersos en las colas del EES es si viajan en un vehículo con visitantes no comunitarios que no estén exentos.

En los puertos de ferry y en las terminales de Eurotúnel, los vehículos son dirigidos a los quioscos del EES si viajan visitantes no comunitarios, por lo que, incluso si una persona es ciudadana de la UE o residente legal en Europa, el vehículo será dirigido a la zona del EES. Evidentemente, cualquier persona exenta no tendrá que someterse a los controles y escaneos individuales.

¿Dónde se aplica?

El EES afecta a las fronteras exteriores de la UE/Schengen, por lo que no se aplica si se viaja dentro del espacio Schengen —por ejemplo, tomando un tren de Francia a Alemania o un vuelo de España a Suecia—.

Irlanda y Chipre, a pesar de ser miembros de la UE, no forman parte del espacio Schengen, por lo que no utilizarán el EES y continuarán sellando los pasaportes manualmente.

Noruega, Suiza e Islandia —países que sí están en el espacio Schengen pero no en la UE— sí utilizarán el EES.

La lista completa de países que usarán el EES es la siguiente: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Suecia y Suiza.

En consecuencia, un viaje entre cualquiera de los países enumerados anteriormente no estará sujeto al EES.

Sin embargo, un viaje hacia o desde cualquiera de esos países desde un país no listado sí estará cubierto por el EES.

Puedes consultar nuestras Preguntas Frecuentes completas sobre el EES AQUÍ.

https://www.inbar.org/news/news.asp?id=262774&io0=2RoQNq