La Guardia Civil investiga a una mujer de 52 años, residente en Mallorca, como presunta autora de un delito contra la seguridad vial por conducir a 175 kilómetros por hora en una vía cuyo límite estaba establecido en 80 km/h. La conductora circulaba a más del doble de la velocidad permitida. El hecho ocurrió el 12 de noviembre cuando la mujer, que manejaba un “vehículo todoterreno” en la carretera MA-13 en dirección a Alcudia, fue sorprendida por el vehículo radar de la Benemérita desplazándose a una velocidad excesiva.
Los agentes de Tráfico detuvieron a la conductora y constataron que había rebasado el umbral de delito al superar en más de 80 km/h el límite máximo de la vía. La Guardia Civil informa de que este tipo de comportamientos conlleva un grave riesgo, no solo para la infractora sino también para el resto de usuarios de la vía, y, de acuerdo con el Artículo 379 del Código Penal, puede acarrear penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y la retirada del carnet de conducir por uno a cuatro años.
La Guardia Civil recuerda a los conductores la importancia de respetar los límites establecidos y enfatiza que la velocidad excesiva constituye uno de los principales factores en los siniestros viales. A principios de este año, la Dirección General de Tráfico (DGT) puso en marcha una nueva campaña de vigilancia intensiva centrada en los límites de velocidad, ya que la velocidad inadecuada se considera una de las principales causas de los accidentes de tráfico.
Los datos demuestran que este factor es el tercero más común en los accidentes de circulación, especialmente en aquellos con víctimas mortales. La DGT recuerda a los conductores que circular por encima de los límites establecidos conlleva sanciones, tanto económicas como de pérdida de puntos en el permiso de conducción. En su página web oficial, el organismo dispone de un cuadro detallado que especifica el importe de las multas, que puede oscilar entre 100 y 600 euros, así como la pérdida de entre 2 y 6 puntos, en función del límite de velocidad de la vía en la que se cometió la infracción.
Asimismo, se subraya que conducir a más de 60 km/h por encima del límite en vías urbanas o a más de 80 km/h en vías interurbanas se considera un delito contra la seguridad vial. En tramos de autopistas y autovías de acceso a ciudades con límites inferiores a 100 km/h, el exceso de velocidad será sancionado con la multa correspondiente, pero solo se aplicarán sanciones administrativas y penales si se supera el límite establecido.
