Cómo evitar el nuevo sistema de entrada y salida de la Unión Europea

El Sistema de Entrada/Salida (EES) fue finalmente implementado el domingo, aunque de forma muy paulatina. En España, únicamente el aeropuerto de Madrid lo activó el primer día; los británicos con destino a Mallorca no tendrán que someterse a los controles biométricos hasta el próximo mes de noviembre. No obstante, existen ciertos colectivos que quedarán excentos de registrar sus datos biométricos en el nuevo sistema de control fronterizo y, según la Unión Europea, son los siguientes:

Ciudadanos extracomunitarios que posean una tarjeta o permiso de residencia y estén emparentados directamente con un nacional de un país no perteneciente a la UE que pueda circular por Europa con los mismos derechos que un ciudadano comunitario.

Personas exentas de controles fronterizos en virtud de determinados privilegios, por ejemplo, un jefe de Estado.

Ciudadanos extracomunitarios titulares de una tarjeta de residencia que estén emparentados directamente con un ciudadano de la Unión Europea.

Quienes posean un permiso de residencia o un visado de larga duración.

Ciudadanos extracomunitarios que viajen a Europa en el marco de un traslado intraempresarial con fines de investigación, estudios, formación, intercambio de alumnos, servicios de voluntariado, proyectos educativos o como au pair.

Nacionales de Andorra, Mónaco y San Marino, así como titulares de un pasaporte emitido por el Estado de la Ciudad del Vaticano o la Santa Sede.

Diplomáticos en estancia corta (bajo ciertas condiciones).

Nacionales de un país europeo que utilice el EES, como Chipre e Irlanda.

Sin embargo, el sistema EES de la Unión Europea podría convertirse en una trampa considerable para los propietarios británicos —y de otros terceros países— de segundas residencias en Mallorca y, en general, en todo el Espacio Schengen. El nuevo sistema biométrico registrará automáticamente las entradas y salidas de los titulares de pasaportes extracomunitarios en la zona Schengen. A partir de abril, sustituirá al sellado de pasaportes.

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Además, Bruselas ha comunicado a los Estados miembros que, una vez entren en vigor los estrictos nuevos procedimientos de entrada, deberán aplicar rigurosamente la ya existente norma de 90/180 días, imponiendo multas y prohibiciones de entrada a quienes la infrinjan. En virtud del acuerdo post-Brexit, los ciudadanos británicos sin derecho a trabajar o residir en la UE, o que no posean un pasaporte de un Estado miembro, solo pueden permanecer 90 días dentro de un periodo de 180 días en el bloque comunitario.

Se dice que las autoridades habían estado “haciendo la vista gorda”, pero son conscientes de que algunos propietarios de segundas residencias están infringiendo la normativa permaneciendo más tiempo del permitido —algo que está a punto de terminar. La operatividad del EES se implementará de forma gradual. Durante los primeros meses, no todos los puestos fronterizos recabarán datos inmediatamente. Los países irán introduciendo paulatinamente el registro biométrico en aeropuertos, fronteras terrestres y puertos marítimos.