La Policía Local de Palma ha formulado un atestado por un accidente con responsabilidad compartida en la colisión entre el conductor de un vehículo, que al parecer circulaba sin la ITV en vigor, y un ciclista ebrio. El suceso tuvo lugar el 3 de enero alrededor de las 18:30 horas en el Camí de la Milana. Una patrulla de la Unidad de Accidenes (UVAC) acudió al lugar tras una colisión por alcance.
La investigación policial determinó que el siniestro se debió a una confluencia de factores imputables a ambas partes. Por un lado, el ciclista, un varón español de 49 años, dio positivo en el control de alcohol con una tasa de 0,48 mg/l en aire espirado. Además, circulaba de noche sin el alumbrado obligatorio ni elementos reflectantes por una vía carente de iluminación pública. Tras el accidente, fue trasladado a una clínica privada con heridas leves.
Por otro lado, el conductor del automóvil, un español de 62 años, resultó negativo en alcohol. No obstante, fue denunciado por no mantener la atención constante a la conducción y por circular con un resultado desfavorable en la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Ambos conductores fueron sancionados administrativamente por sus respectivas infracciones y se levantó el correspondiente atestado, quedando a disposición de las compañías aseguradoras.
En 2026, España mantiene una legislación estricta en materia de alcohol y conducción, con límites legales significativamente reducidos respecto a años anteriores. La normativa española distingue entre infracciones administrativas (multas y puntos) y delitos penales (posibles penas de prisión e inhabilitaciones).
La Guardia Civil y las policías locales realizan controles aleatorios de alcoholemia con frecuencia, especialmente durante el verano y periodos festivos. Negarse a realizar la prueba de alcoholemia constituye un delito independiente, pudiendo conllevar una multa automática de 1.000 a 2.000 euros, la retirada inmediata del permiso de conducir y una posible pena de prisión de 6 meses a un año. Los turistas y no residentes deben abonar las multas administrativas al instante y en efectivo; de no hacerlo, su vehículo podría ser inmovilizado. Desde 2024-2025, muchos vehículos profesionales, como autobuses y minibuses de gran capacidad, están obligados a incorporar dispositivos de bloqueo por alcohol.