Cataluña restablece el uso obligatorio de mascarillas

Las mascarillas faciales regresan.
Crédito: Dr. Francisco De Icaza Bustamante FB

El Govern de la Generalitat de Cataluña ha establecido por ley el uso obligatorio de mascarillas en todos los hospitales, centros de atención primaria (CAP) y residencias de ancianos.

La medida, que entró en vigor el miércoles 10 de diciembre, es una respuesta a la actual epidemia del llamado «superflu», técnicamente conocida como variante K de la Influenza A (H3N2). Las autoridades sanitarias señalan que es la más grave en 15 años, con el pico máximo aún por llegar en varios días. El enorme incremento de infecciones respiratorias ha tensionado el sistema sanitario, provocando saturación en algunas urgencias hospitalarias. La obligatoriedad pretende contener la propagación de esta gripe altamente contagiosa, protegiendo especialmente a la población vulnerable.

¿Por qué se impone ahora la obligatoriedad de la mascarilla?

La decisión de hacer obligatorias las mascarillas surge por el alarmante aumento de infecciones respiratorias, incluida la gripe. La tasa de incidencia global de infecciones respiratorias agudas ha alcanzado niveles extremadamente altos, con un incremento del 50% de los casos en una sola semana. Durante la semana del 1 al 7 de diciembre, la incidencia fue de 1.115 casos por 100.000 habitantes, lo que se traduce en aproximadamente 90.000 casos semanales.

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**Inicio prematuro:** La temporada de gripe de este año comenzó unas cuatro semanas antes que en años previos debido a temperaturas más frías de lo esperado.

**Cepa dominante:** La cepa circulante predominante actual es la variante A(H3N2) K, que, según expertos, podría generar una respuesta inmunológica reducida, lo que contribuiría al elevado número de casos.

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**Saturación del sistema:** La alta incidencia afecta significativamente a ancianos y grupos vulnerables, comprometiendo la capacidad del sistema sanitario. Informaciones locales han destacado la consiguiente saturación, con esperas de hasta ocho horas y camilas instaladas en los pasillos de urgencias.

El uso obligatorio de mascarilla es una medida preventiva diseñada para mejorar los esfuerzos de contención frente a la epidemia creciente.

¿Quién y dónde debe usar mascarilla?

La normativa afecta a casi todas las personas en entornos sanitarios y residenciales específicos:

**Edad:** Todas las personas de 6 años o más.

**Locales:** Se debe usar mascarilla en los siguientes centros:

    – Centros de Atención Primaria (CAPs)

    – Hospitales y clínicas

    – Centros de media estancia

    – Centros de salud mental

    – Residencias de ancianos y centros para personas con discapacidad

Este requisito incluye al personal sanitario, pacientes y todos los visitantes.

Duración y excepciones

La medida entró en vigor el 10 de diciembre y tiene una duración inicial de 15 días naturales desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat. Su vigencia está sujeta a revisión según la evolución de la epidemia.

Excepciones al uso obligatorio

Quedan exentos de la obligatoriedad por motivos de salud o logística:

– Pacientes ingresados que permanecen dentro de su habitación individual.
– Personas con dificultades respiratorias o enfermedades que puedan agravarse por el uso de mascarilla.
– Individuos con una discapacidad o dependencia que les impida retirarse la mascarilla de forma autónoma.
– Situaciones en las que, por criterio médico, el uso resulte incompatible con la actividad.

Asimismo, el gobierno autonómico subraya la importancia de un uso correcto: la mascarilla debe ajustarse bien y cubrir siempre la nariz, boca y barbilla.

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Incumplimiento y apelación gubernamental

Tras las restricciones por COVID, muchos aún se oponen firmemente al uso de mascarillas, pero antes de protestar conviene conocer el marco legal. Aunque la resolución enfatiza el «cumplimiento voluntario y la responsabilidad colectiva», reflejando el espíritu de campañas sanitarias pasadas, negarse a usarla en los ámbitos obligatorios puede acarrear consecuencias.

**Denegación de acceso:** Para asuntos no urgentes, el personal de los centros sanitarios puede denegar la entrada a quienes se nieguen a usarla, priorizando así la seguridad de los pacientes vulnerables.

**Sanciones administrativas:** El incumplimiento persistente puede constituir una infracción de la normativa sanitaria autonómica. Basándose en leyes sanitarias españolas previas, las multas por infracciones leves en ámbitos obligatorios han oscilado típicamente entre 100 y 600 euros.

El Govern ha hecho un firme llamamiento a la «responsabilidad individual» para ayudar a «salvar vidas» y recomienda administrarse la vacuna antigripal si aún no se ha recibido.

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A fecha de 10 de diciembre, la obligatoriedad se limita a tres comunidades autónomas —Cataluña, Murcia y Aragón—, sin que ninguna otra haya anunciado aún obligaciones generales. En Andalucía, aunque la orden autonómica permite imponerla en distritos u hospitales concretos bajo alta presión (como se ha visto en el hospital Virgen de las Nieves de Granada), la mayoría de zonas mantiene recomendaciones firmes en vez de mandatos generales. Este enfoque localizado muestra un seguimiento continuo, con ventas de mascarillas al alza a nivel nacional y expertos que predicen nuevas escaladas si se intensifican los contagios tras la Navidad.

El discurso público y profesional en plataformas como X refleja crecientes llamamientos a la uniformidad, con sanitarios de regiones como Madrid y Valencia expresando preocupación por políticas inconsistentes ante la saturación de urgencias. No obstante, un mandato nacional integral sigue siendo improbable sin un consenso más amplio en el Consejo Interterritorial.

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