Aviso Legal a Aerolíneas por Compensaciones por Retrasos en Vuelos en España

Las aerolíneas que operan en España se enfrentan a severas advertencias de la Audiencia Provincial debido a su persistente reticencia a indemnizar a los pasajeros por retrasos en los vuelos y otras incidencias. El tribunal ha emitido recientemente una serie de fallos que obligan a las compañías a pagar compensaciones de hasta 4.800 euros, desestimando una de sus excusas habituales: el uso de plataformas de gestión de reclamaciones.

Los magistrados han subrayado que esta cuestión fue zanjada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea hace más de un año. Ahora advierten que la Ley de Eficiencia, que entró en vigor el pasado abril, sanciona dichas conductas obstruccionistas: “La persistencia en esta actitud procesal acarreará las responsabilidades pertinentes conforme a la normativa y jurisprudencia vigentes.”

Durante años, las estrategias defensivas de las aerolíneas han generado miles de procedimientos judiciales iniciados por pasajeros en busca de compensación. Si bien los viajeros afectados pueden interponer demandas directamente en los juzgados sin necesidad de procurador o representante legal, muchos optan por la vía más sencilla de recurrir a páginas web especializadas. Algunas aerolíneas habían estado rechazando estas reclamaciones amparándose en una cláusula de sus billetes, arguyendo que los derechos del pasajero son personales e intransferibles a terceros.

En todos los casos resueltos por la Audiencia Provincial, se reconocieron los retrasos de los vuelos y los derechos de compensación de los viajeros, no obstante, se eludieron los pagos utilizando el argumento de la intransferencia. Un caso notable involucró a veinte pasajeros de un vuelo retrasado desde Alicante a Palma, que sufrió una demora de más de tres horas sin justificación alguna.

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El tribunal criticó la supuesta preocupación de las aerolíneas sobre posibles perjuicios a los pasajeros derivados de las cesiones de crédito. La sentencia declara: “Esta preocupación se abordaría de manera más eficaz mediante la presentación del justificante de pago, especialmente en los casos en que no se niega el hecho básico que desencadena la obligación de indemnizar.” La nueva Ley de Eficiencia exige a las partes intentar la mediación con anterioridad al litigio, lo que en la práctica obliga a las aerolíneas a saldar las reclamaciones válidas sin necesidad de intervención judicial.