Antigüedad laboral en el Reino Unido computable para la prestación por desempleo de mayores de 52 años

El acceso a la subsidio de desempleo para personas mayores de 52 años en España está condicionado, entre otros requisitos, a haber acumulado al menos quince años de cotizaciones a la Seguridad Social. Este requisito reviste especial importancia para ciudadanos británicos o antiguos residentes en el Reino Unido que hayan desarrollado parte de su vida laboral allí y ahora se encuentren desempleados en España. Aunque los solicitantes no hayan alcanzado aún la edad legal de jubilación, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) concede esta prestación a quienes cumplen todos los requisitos excepto el de la edad. Una duda frecuente entre los retornados del Reino Unido es si los años trabajados allí pueden computarse para acceder al beneficio.

La respuesta no es simple y depende en gran medida del lugar donde se completaron dichos períodos. En el caso del Reino Unido, los años trabajados y las cotizaciones abonadas aún pueden ser reconocidos gracias al Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido, firmado el 24 de diciembre de 2020 tras el Brexit. En virtud de este acuerdo, los períodos cotizados en el Reino Unido pueden sumarse a las cotizaciones españolas a efectos de acceder a las prestaciones del SEPE y calcular futuras pensiones contributivas.

El subsidio para mayores de 52 años supone un apoyo esencial para personas desempleadas con dificultades para reinsertarse en el mercado laboral. Cabe destacar que, mientras se percibe la ayuda, el SEPE sigue cotizando por el beneficiario en base al 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo cual incide directamente en la base reguladora que se utilizará cuando la persona finalmente se jubile.

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Requisitos y reconocimiento de las cotizaciones británicas

Para tener derecho al subsidio, los solicitantes deben acreditar al menos quince años de cotización en total, dos de los cuales deben estar comprendidos dentro de los últimos quince años. Además, es necesario haber cotizado al menos seis años por desempleo en España a lo largo de la vida laboral. Este último requisito implica que, incluso para quienes hayan trabajado extensamente en el Reino Unido, sigue siendo imprescindible un historial mínimo de cotizaciones en España.

Los períodos cotizados en el Reino Unido pueden ser reconocidos conforme a los mecanismos bilaterales derivados del acuerdo post-Brexit, aunque la forma exacta en que se computan puede variar según cada caso particular. Al igual que ocurre con los casos de la UE, España podría reducir la duración de la prestación si el solicitante ya hubiera percibido prestaciones por desempleo equivalentes en el Reino Unido, con el fin de evitar duplicidades.

Otros países con convenios de cotización

Aunque el Reino Unido es uno de los casos más habituales, España también cuenta con mecanismos de coordinación de seguridad social con otros países. Las cotizaciones efectuadas en Estados miembros de la UE, el Espacio Económico Europeo (EEE) y Suiza se tienen en cuenta automáticamente mediante intercambio electrónico de datos entre las administraciones.

Fuera de Europa, España ha suscrito convenios bilaterales de seguridad social con diversos países no comunitarios, como Australia, Andorra, China, Marruecos, Túnez y varias naciones latinoamericanas (Argentina, Colombia, México y Uruguay, entre otras). También están incluidos Estados Unidos, Canadá, Japón, Corea del Sur y Ucrania. Cada convenio establece sus propias reglas sobre el reconocimiento de los períodos cotizados en el extranjero.

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Importe del subsidio

El subsidio para mayores de 52 años asciende actualmente a aproximadamente 480 euros mensuales y se abona hasta que el beneficiario alcanza la edad de jubilación o encuentra un empleo compatible. Tras la reforma de la Seguridad Social de 2024, la prestación puede compaginarse con un trabajo retribuido hasta 180 días al año, permitiendo complementar los ingresos mientras se permanece dado de alta en el SEPE. Para mantener el derecho, los perceptores además deben respetar un límite de ingresos, establecido actualmente en 888 euros mensuales, equivalente al 75% del SMI.

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