Orden de Embargo de Cuentas Bancarias en la Unión Europea

Por Carlos Baos (Abogado)
Publicado: 05 Mar 2026 • 12:28
• 2 minutos de lectura

¿Se ha perdido toda esperanza? Afortunadamente, la respuesta es no. Crédito: Kmpzzz / Shutterstock

Imagínese que desea realizar una pequeña reforma en su vivienda y contrata a un contratista para llevar a cabo las obras. La persona contratada no reside en España, pero viene muy recomendada y parece fiable. Usted firma un contrato, paga un depósito inicial y todo parece estar en orden. Sin embargo, pasan los días, las obras no comienzan y, para su consternación, el contratista se niega a devolverle el dinero abonado. Situaciones como esta (en las que una persona adeuda dinero a otra) son más frecuentes de lo que se podría pensar. En algunos casos, a pesar de contar con una sentencia judicial que confirme el derecho al cobro… recuperar ese dinero puede volverse complicado. Especialmente cuando el deudor carece de bienes, cuentas bancarias o propiedades en España.

La pregunta del millón es siempre la misma: ¿qué puede hacer un acreedor cuando el deudor no deja rastro en España? ¿Se ha perdido toda esperanza? Afortunadamente, la respuesta es no.

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La Orden Europea de Retención de Cuentas (EAPO)

La Orden Europea de Retención de Cuentas (EAPO) le brinda a usted, como acreedor, un mecanismo para asegurar su dinero incluso cuando el deudor parece inalcanzable. Considérela como un botón legal de “bloqueo”. No entrega el efectivo de inmediato, pero garantiza que el deudor no pueda moverlo mientras se tramita la reclamación.

Una vez que disponga de una prueba de que el contratista le debe dinero –por ejemplo, una resolución judicial que confirme su derecho– puede solicitar a un tribunal español que emita esta orden. El tribunal examina su petición y, si todo está en regla, envía la instrucción directamente al banco donde el deudor tiene cuentas en otro país de la UE. Por ley, el banco debe congelar los fondos, lo que impide que sean retirados u ocultados.

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El proceso está diseñado para ser equitativo: el deudor puede impugnar la retención en el país donde radica la cuenta, de modo que sus derechos como acreedor se equilibran con las garantías legales del deudor. Aún así, le otorga una ventaja significativa – usted ya no espera indefenso mientras su dinero podría esfumarse. No obstante, no todos los países de la UE participan en el sistema, por lo que es fundamental saber dónde se ubican los bienes del deudor.

Si se encuentra ante un contratista, proveedor u otro deudor fuera de España que se niega a pagar, no espere hasta que sea demasiado tarde. En White & Baos Abogados, podemos analizar su caso, explicarle sus opciones y guiarle en el proceso para asegurar su crédito, incluyendo el uso de herramientas como la Orden Europea de Retención de Cuentas. Contacte con nosotros, hoy mismo.

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