Si acabas de comenzar como trabajador autónomo en España, tendrás que familiarizarte no solo con la normativa y los formularios, sino también con el vocabulario laboral específico. Aquí tienes algunos términos clave que debes conocer como ‘autónomo/a’ en este país.
Recién llegado a España, aprender la jerga local ya será una prioridad, pero si trabajas por cuenta propia, se suma el estrés de manejar una serie de conceptos nuevos. Estos son algunos de los más útiles.
Alta de Autónomo – Significa inscribirse como trabajador por cuenta propia. Implica realizar una serie de trámites, incluido el registro en la Agencia Tributaria (Hacienda) y en la Seguridad Social. Para ello, deberás cumplimentar el modelo 036.
Darse de alta en la RETA – Similar al anterior. RETA corresponde al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Esta inscripción forma parte del proceso para establecerte como autónomo.
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I.A.E – Impuesto de Actividades Económicas. Es obligatorio para toda empresa y profesional. Debes inscribirte en la Agencia Tributaria en un plazo de diez días hábiles desde el inicio de la actividad. El sector al que pertenezcas determinará su cálculo.
Actividad – Se refiere al tipo de ocupación o negocio que ejerces. Suele clasificarse en tres grupos: actividades profesionales, actividades empresariales y actividades artísticas. Es crucial definirla correctamente, ya que de ella dependerán el IVA aplicable y las retenciones de IRPF en tus facturas.
Base de cotización – Es una base de referencia, similar a un salario teórico, a partir de la cual se calcula tu cuota de la Seguridad Social. Desde 2023, existen 15 tramos que determinan la cantidad a pagar.
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Seguridad Social – Es la cuota mensual que abonas en función de tus ingresos reales. Da derecho a cobertura sanitaria, bajas por enfermedad, prestaciones de maternidad/paternidad y tu futura pensión. Es obligatoria para todos los autónomos.
Tarifa plana – Se refiere a la bonificación para nuevos autónomos. Durante el primer año se paga una cuota fija de 80€, con independencia de los ingresos. Puede extenderse un segundo año solo si los ingresos del primero no superan un límite establecido.
Declaración trimestral – Declaración de impuestos que se presenta cada tres meses. En ella se informa a Hacienda de los ingresos y gastos del trimestre. Aunque parezca confuso, el año tiene cuatro trimestres, por lo que hay que presentar cuatro declaraciones, más una quinta anual (la Declaración de la Renta) entre abril y junio.
Colaborador – Es un trabajador autónomo que presta servicios principalmente para un único cliente, tributando de modo similar a un asalariado. Para optar a esta figura, debe ser familiar del autónomo principal hasta segundo grado y convivir en el mismo domicilio.
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TRADE – Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente. Para encajar en esta categoría, un único cliente debe suponer al menos el 75% de tus ingresos.
Estatuto del Trabajador Autónomo – Recoge los derechos y deberes de los autónomos en España, equiparando en cierta medida sus condiciones a las de los trabajadores por cuenta ajena.
Factura – Documento esencial tanto para cobrar a tus clientes como para justificar gastos deducibles. Debes conservar todas las facturas y presentarlas en cada declaración trimestral.
Ingresos – El total de tus facturas emitidas en un periodo. Debes calcularlo trimestralmente, ya sea tú mismo (en una hoja de cálculo) o delegando en tu asesor.
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Compras/Gastos – Se refiere a las adquisiciones y costes necesarios para tu actividad: material, suministros (internet, teléfono), honorarios del gestor, etc. Son deducibles.
Modelos – Así se denominan los formularios oficiales en España. Existen cientos de ellos. Como autónomo, tendrás que manejar varios: para darte de alta, para declarar ingresos intracomunitarios, para el IVA, para el resumen anual… La lista es extensa y se amplía constantemente.
Gestor – Profesional (consultor, administrador, asesor) que suele contratarse para llevar la parte fiscal y administrativa. Su labor es clave para presentar correctamente las declaraciones trimestrales y evitar sanciones por errores.
¿Echamos en falta algún término importante relacionado con el trabajo autónomo en España? Déjanos tu sugerencia en la sección de comentarios.