Multa por no llevar la baliza V16: Cómo impugnarla

La primera multa por no portar la baliza V16 en un vehículo ya se ha impuesto en España, lo que ha suscitado un intenso debate entre los conductores sobre si es recurrible alegando la prometida “periodo de gracia” o moratoria que se había anunciado. La baliza V16, una luz de emergencia conectada que sustituye a los triángulos tradicionales, entró en vigor el 1 de enero de 2026, conforme a la nueva normativa española. Según el Ministerio de Transportes, esta polémica baliza (cuyo precio oscila entre 30 y 50 euros) se presenta como una opción más segura para los vehículos averiados, una afirmación que muchos disputan. Incluso la Comisión Europea ha intervenido, cuestionando la legalidad de imponer por ley este nuevo dispositivo.

Primera multa impuesta: detalles desde Valencia

La primera sanción documentada se produjo el 6 de enero (Día de Reyes), en la autopista AP-7 cerca de Valencia. Un agente de la Guardia Civil de Tráfico impuso una multa de 80 euros (reducible a 40 por pronto pago) a un conductor por “no llevar la señalización reglamentaria correspondiente (V-16) en el vehículo”. La denuncia citaba la infracción de los artículos 10.3 de la Ley de Tráfico y 18.1 del Reglamento General de Vehículos.

Este caso salió a la luz a través de la empresa Pyramid Consulting, una consultoría jurídica especializada en recursos de multas de tráfico, que accedió a la sanción oficial y subrayó la aparente contradicción con las declaraciones institucionales.

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¿En qué consistía la prometida “periodo de gracia”?

La DGT, que regula las carreteras españolas, y altos cargos del Gobierno, incluidos el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y el director de la DGT, Pere Navarro, hablaron repetidamente de un “periodo de gracia” transitorio o de flexibilidad tras el 1 de enero. Se afirmó que se “informaría” a los conductores en lugar de multarles de inmediato, permitiendo así un plazo de adaptación a la nueva obligación de la baliza conectada.

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Sin embargo, nunca se definió por escrito una duración concreta ni una fecha final oficial. Esta vaguedad ha generado confusión e inseguridad jurídica, ya que la actuación de los agentes de la Guardia Civil de Tráfico ha proseguido sin ninguna suspensión formal de las sanciones o “periodo de gracia” real. La multa de Valencia llegó tan solo seis días después de la entrada en vigor de la norma, incluso antes de que se emitieran algunas garantías públicas, lo que evidencia una inconsistencia patente entre los anuncios políticos y la aplicación sobre el terreno.

¿Se puede recurrir una multa por carecer de la baliza V16?

Sí, por supuesto, se puede interponer un recurso contra cualquier multa por no disponer de la baliza V16, al igual que con la mayoría de sanciones de tráfico en España. Los juristas de Pyramid Consulting sostienen que estas multas son impugnables al amparo del principio de confianza legítima. Esta doctrina jurídica exige que la actuación de la Administración sea previsible, transparente, coherente y de buena fe. Los ciudadanos deben poder fiarse de las señales claras emitidas por las autoridades.

La consultora señala que la jurisprudencia del Tribunal Supremo, incluida una sentencia clave del 9 de febrero de 2004 (rec. 4130/2001), protege a las personas cuando actúan basándose en indicaciones externas y concluyentes de la propia Administración. Las declaraciones públicas del ministro y del director de la DGT prometiendo flexibilidad y ausencia de multas inmediatas podrían constituir dicha indicación, pudiendo tornar la sanción temprana en injusta y desproporcionada. En esencia, la idea es que se prometió una actuación que luego no se materializó, y por tanto no cabe culpar al ciudadano.

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Aunque el éxito no está garantizado, dado que la obligación está legalmente en vigor desde el 1 de enero de 2026, los expertos sugieren que los recursos podrían prosperar en casos de las primeras semanas o meses, especialmente si se alega la falta de un plazo definido para el “periodo de gracia” y la contradicción de los mensajes oficiales.

Puntos clave para los conductores

La baliza conectada V16 es de uso obligatorio desde el 1 de enero para señalizar averías o accidentes.

La multa por incumplimiento es de 80 euros, normalmente.

Se prometió verbalmente un “periodo de gracia”, pero nunca se formalizó por escrito, lo que ha derivado en sanciones tempranas como la de Valencia.

Recurrir sigue siendo una opción, especialmente invocando la confianza legítima y las recientes declaraciones de las autoridades.

Si has recibido una multa similar, coméntanoslo más abajo. ¿Qué ocurrió? ¿Has pagado la sanción o recurrirías la decisión? Cuéntanos tu experiencia.

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