El lapso en la notificación podría ser utilizado como base para impugnar la aplicabilidad de las multas u otras sanciones vinculadas al requisito de la baliza V16. Crédito de la foto: Floren Horcajo/Shutterstock
Bruselas ha advertido de que la nueva exigencia española que obliga a llevar balizas de emergencia V16 en todos los vehículos podría ser incompatible con la normativa de la Unión Europea. La razón estriba en que el Gobierno español no notificó a la Comisión Europea con antelación la adopción de esta medida, un paso procedimental preceptivo según la legislación comunitaria.
La Comisión Europea ha confirmado oficialmente que España no notificó a Bruselas los reglamentos que exigen la instalación de balizas V16 conectadas, tal y como exige la Directiva (UE) 2015/1535. Esta directiva obliga a los Estados miembros a comunicar a la Comisión los borradores de reglamentos técnicos antes de su adopción, a fin de garantizar que no crean barreras al mercado interior de la UE.
La Comisión Europea confirma la ausencia de notificación
En respuesta a una pregunta parlamentaria escrita presentada por Dolors Montserrat, vicepresidenta del grupo del Partido Popular Europeo (PPE) en el Parlamento Europeo, el vicepresidente ejecutivo de la Comisión Europea, Stéphane Séjourné, declaró que los Reales Decretos españoles que establecen la obligatoriedad de la baliza V16 y su requisito de geolocalización no fueron notificados conforme al procedimiento establecido en la directiva.
Posibles consecuencias legales
Bruselas ha dejado claro que la omisión en la notificación de un borrador de reglamento técnico puede acarrear importantes implicaciones jurídicas. En virtud del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), si un Estado miembro incumple sus obligaciones de notificación, la Comisión puede iniciar acciones de ejecución conforme al artículo 258 del TFUE, lo que en la práctica constituye un procedimiento de infracción formal.
Asimismo, la jurisprudencia consolidada del Tribunal de Justicia de la UE indica que los tribunales nacionales deben abstenerse de aplicar reglamentos técnicos que no hayan sido debidamente notificados. Esto podría poner en entredicho la aplicación de la exigencia española sobre el V16 hasta que se resuelva el problema procedimental.
Impacto en el mercado interior y restricciones al comercio
La respuesta de la Comisión también señaló preocupaciones más amplias sobre el impacto en el mercado. Si bien el uso de dispositivos de emergencia en carretera no está actualmente armonizado a nivel de la UE, la introducción de requisitos técnicos nacionales específicos, como la baliza V16 conectada, podría, en determinadas circunstancias, constituir una medida de efecto equivalente a una restricción del comercio dentro del mercado interior.
Según la normativa de la UE, dichos requisitos nacionales deben estar justificados en virtud de las excepciones previstas en los Tratados y ser proporcionados a cualquier objetivo legítimo de interés público. De no ser así, se arriesgan a ser impugnados por suponer un obstáculo a la libre circulación de mercancías y servicios en el Mercado Único.
Respuestas políticas y jurídicas en España
La confirmación de la Comisión ha avivado las críticas y las peticiones de aclaración por parte de la oposición en España. Dolors Montserrat argumentó que la respuesta de la Comisión pone de relieve la “enorme inseguridad jurídica” generada por la falta de notificación previa. Subrayó que esta incertidumbre afecta tanto a los conductores como a los agentes del sector que han invertido en cumplir con los nuevos requisitos.
Montserrat ha instado al Gobierno español a aclarar de inmediato si la norma del V16 cumple plenamente con la legislación de la UE y a actuar con transparencia y responsabilidad para subsanar el vacío procedimental. Los críticos sostienen que la decisión del Gobierno de proceder sin notificación podría socavar la confianza en las instituciones públicas y la seguridad jurídica para los usuarios de la vía y los fabricantes.
Los requisitos de la baliza V16
La baliza V16, que se volvió obligatoria en España el pasado 1 de enero, sustituye a los triángulos de preseñalización de peligro tradicionales como dispositivo oficial para señalizar averías, accidentes o vehículos detenidos. Estas balizas no solo emiten una señal luminosa de advertencia, sino que también transmiten datos de geolocalización a la Dirección General de Tráfico (DGT), mejorando la seguridad en carretera.
El requisito fue establecido mediante los Reales Decretos 159/2021 y 1030/2022, como parte de los esfuerzos para reducir los accidentes en la vía y mejorar la visibilidad de los vehículos inmovilizados sin necesidad de que el conductor abandone el automóvil.
Incertidumbre sobre la aplicación y el impacto en el mercado
A pesar de la confirmación de Bruselas sobre el lapso en la notificación, la Comisión no ha declarado explícitamente si España debió haber solicitado una aprobación previa conforme a la directiva, lo cual deja un grado de ambigüedad legal. Esta incertidumbre ha generado debates entre expertos jurídicos y actores políticos sobre la validez y aplicabilidad de la obligatoriedad vigente del V16.
Algunos comentaristas han sugerido que el lapso en la notificación podría ser utilizado como fundamento para impugnar la aplicabilidad de las multas u otras sanciones vinculadas al requisito del V16, en caso de que un tribunal considere significativa la infracción procedimental. La propia referencia de la Comisión a la jurisprudencia de la UE subraya cómo las normas procedimentales técnicas pueden tener consecuencias jurídicas sustantivas para las regulaciones nacionales.
Próximos pasos
El Gobierno español no ha indicado aún públicamente cómo planea responder a la advertencia de Bruselas. Los expertos legales anticipan que las autoridades podrían optar por someter la medida a una notificación retroactiva ante la Comisión o bien aportar una justificación conforme al Derecho de la UE por no haberla notificado inicialmente.
Mientras tanto, la controversia pone de relieve tensiones más amplias en torno a iniciativas nacionales implementadas sin una evaluación previa por parte de la UE y subraya la importancia del cumplimiento procedimental para garantizar la armonización en el seno del Mercado Único. A medida que se desarrollen los debates jurídicos y políticos, millones de automovilistas españoles y fabricantes de dispositivos V16 observarán con atención si esta disputa procedimental deriva en impugnaciones judiciales o en ajustes del marco regulatorio actual.