Para los ciudadanos estadounidenses residentes en España, la cuestión fiscal puede revestir una especial complejidad. A continuación, se esclarece si las prestaciones de la seguridad social de EE.UU. están sujetas a imposición en territorio español.
Recientemente, ha generado gran confusión en diversos foros en línea la duda sobre si las pensiones públicas estadounidenses (social security) se gravan o no en España.
Cada vez son más los estadounidenses que optan por jubilarse en España, a menudo mediante la concesión del visado de residencia no lucrativa. Si se reside con esta autorización, se permanece más de 183 días al año en el país, el núcleo de los intereses económicos se encuentra aquí y el cónyuge o hijos menores residen también en España, se será, por regla general, considerado residente fiscal en España.
Bajo las condiciones del visado no lucrativo, no se permite trabajar, ni en España ni a distancia para empresas extranjeras, pero las rentas pasivas, como pensiones o rentas por jubilación, alquileres de propiedades en el extranjero, etc., sí están generalmente sujetas a tributación en España.
La particularidad para los ciudadanos estadounidenses estriba en que, incluso residiendo en el extranjero, continúan estando obligados a presentar declaración de impuestos en EE.UU.
No obstante, la buena nueva es que existe un convenio de doble imposición entre España y Estados Unidos, vigente desde 1990, que previene que una misma renta sea gravada dos veces.
El artículo 20 de dicho convenio establece que solo Estados Unidos tiene derecho a gravar las pensiones públicas o la seguridad social, mientras que las pensiones privadas tributan en el país de residencia, es decir, en España.
La firma de asesoría legal LexTax Consulting corrobora que, en consecuencia, si se reside en España y se percibe la seguridad social estadounidense, España no puede imponerle gravamen alguno.
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Es crucial recordar, sin embargo, que si se recibe una pensión privada adicional a la pública o a la seguridad social, esta sí estará sujeta a imposición en España.
Aunque la seguridad social no se grave aquí, LexTax Consulting subraya que es obligatorio declararla en España.
Esto implica incluir dicha renta en la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La omisión de este trámite puede acarrear sanciones y multas.
La relevancia de esto radica en que España aplica el principio de la exención con progresividad. Significa que, si bien la seguridad social no tributa, su importe se suma al resto de las rentas (como alquileres del extranjero, inversiones o una pensión privada) para determinar el tipo impositivo aplicable.
Puede resultar intrincado de comprender, por lo que se expone un ejemplo ilustrativo.
Si se perciben 15.000 dólares anuales de seguridad social de EE.UU. y una pensión privada de 25.000 dólares, la base imponible total será de 40.000 dólares.
Aunque únicamente por la pensión privada de 25.000 dólares se hubiera encuadrado en el tramo del 30%, la base se ha elevado debido al cobro de la seguridad social. Esto podría conllevar que a la pensión privada se le aplique un tipo más alto, del 37%.
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Naturalmente, múltiples factores y circunstancias personales influyen en la cuota final, por lo que es imprescindible consultar con un asesor fiscal para conocer el tipo exacto a aplicar.
LexTax Consulting aclara que, aun cuando no se pague impuesto por la seguridad social en España, se mantiene la obligación de presentar la declaración federal ante el IRS en EE.UU., donde sí podría gravarse. Según la firma, el IRS puede llegar a gravar hasta el 85% de los beneficios de la seguridad social, en función de los ingresos combinados.
De manera análoga a las prestaciones de la seguridad social, las pensiones gubernamentales y militares estadounidenses suelen tributar únicamente en EE.UU.
Resulta de suma importancia buscar asesoramiento profesional en estas materias, dada la complejidad de la fiscalidad transfronteriza. Además, es crucial que dicho profesional esté también versado en la normativa tributaria estadounidense. Contratar únicamente a un gestor o abogado español desconocedor del derecho fiscal de EE.UU. podría derivar en recomendaciones erróneas.
Nuestros periodistas de The Local Spain no son asesores fiscales, y la información contenida en nuestros artículos no debe interpretarse como consejo financiero. Ante cualquier duda, consulte siempre con un profesional cualificado.