¿Qué ocurre con la cuenta bancaria de una persona en España tras su fallecimiento? A continuación, se detallan todos los pasos a seguir para evitar posibles inconvenientes con las entidades financieras al cancelar las cuentas de un difunto, y cómo este proceso se vincula a la normativa sucesoria.
Cuando un familiar fallece, no solo hemos de afrontar el duelo y el dolor de la pérdida, sino que es probable que nos encontremos con una serie de trámites administrativos por resolver, entre los cuales la gestión de los fondos y las cuentas bancarias ocupa un lugar destacado.
No obstante, existen formas de eludir los problemas y cargos adicionales que pudieran surgir, así como un procedimiento correcto que conviene seguir.
Si es posible, realice preparativos antes del fallecimiento
Es fundamental conocer cuántas cuentas poseía la persona en vida, para saber a cuántos bancos deberá dirigirse. En caso de duda sobre el número de cuentas existentes en el momento del deceso, puede acudir a una oficina de la Agencia Tributaria, acreditando su condición de heredero, donde podrán informarle sobre las cuentas a su nombre.
Una opción que puede simplificar el proceso es añadirse como cotitular de la cuenta bancaria antes del fallecimiento, lo que le dará acceso a la misma antes de que la entidad la bloquee.
Sin embargo, esto no siempre resulta aconsejable. Algunos podrían intentar retirar fondos antes del fallecimiento para eludir el impuesto de sucesiones, pero no es una medida eficaz, ya que dichos movimientos figurarán en el historial de la cuenta y, tarde o temprano, serán notificados a Hacienda.
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Notificar el fallecimiento a la entidad bancaria
Tras el deceso, corresponde a los herederos informar al banco del fallecimiento, para que se interrumpan operaciones y se cancelen pagos automáticos.
Es importante hacerlo con la mayor celeridad posible para evitar el cobro de facturas o comisiones pendientes.
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Los herederos deberán presentar al banco el certificado de defunción, el registro de actos de última voluntad y una copia del testamento. De no existir testamento, será necesaria una copia de la declaración de herederos.
Una vez notificado el fallecimiento, el procedimiento habitual es que la entidad bloquee la parte de los fondos correspondientes a la herencia. Esto impide que ese dinero se utilice para pagar facturas pendientes u “operaciones ordenadas en vida del titular para el mantenimiento de la herencia”, según indica el Banco de España.
En la mayoría de los casos, el 100% del saldo de la cuenta forma parte del caudal hereditario.
El banco está obligado a mantener la cuenta durante 20 años hasta que alguien reclame los fondos. De no ser reclamados, el dinero pasará a manos del Estado.
Verificar el estado de las cuentas bancarias
Puede solicitar al banco el saldo de la cuenta antes y después del fallecimiento. Esta información solo será facilitada a los herederos, por lo que deberá acreditar dicha condición.
Firmar la documentación requerida y pagar el impuesto de sucesiones
No podrá acceder a los fondos de la cuenta hasta que se haya firmado la aceptación de la herencia y se haya liquidado el impuesto de sucesiones. Tras ello, podrá disponer del dinero mediante retiro en efectivo, transferencia o cheque.
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¿Son gratuitos estos servicios bancarios?
Algunas entidades pueden intentar cobrar una comisión por la gestión de estas cuentas. No obstante, debe extremar la precaución ante cargos adicionales, ya que el banco está obligado a prestar la mayoría de estos servicios, como la emisión de certificados de saldo, de forma gratuita.
La entidad está obligada a informar sobre la situación financiera del fallecido. No debe cobrar por el certificado y ha de entregar copia a cualquier heredero que lo solicite.
Lo mismo se aplica a la información sobre el saldo de la cuenta, y el banco no puede condicionar su entrega a la apertura de una nueva cuenta ni cobrar una comisión por ello.
Sin embargo, el banco sí puede cobrar por un saldo de la cuenta si este es anterior a un año o más, pero debe informarle previamente del coste.
Si sospecha que una entidad le está exigiendo tasas injustificadas, debe consultar con el servicio de atención al cliente.
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