Plan de Residencia para Medio Millón de Migrantes en España

El Presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, y su Ejecutivo anunciaron el 27 de enero la tramitación urgente de una regularización extraordinaria para migrantes en situación irregular en el país. El Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de Real Decreto para otorgar estatus legal a centenares de miles de personas ya residentes en España antes del 31 de diciembre. Pero, ¿cuáles son las condiciones y podrá realmente el gobierno español gestionarlo?

La medida pretende garantizar derechos, ofrecer seguridad jurídica y fomentar la integración de quienes residen irregularmente en la sociedad española. Se calcula que beneficiará a entre 500.000 y 600.000 individuos que viven actualmente en la sombra, permitiéndoles trabajar legalmente, cotizar a la Seguridad Social y al fisco, y acceder a los servicios públicos.

Requisitos principales y detalles de la solicitud

Los solicitantes deberán acreditar una residencia continuada en España de al menos cinco meses en el momento de la solicitud y su presencia anterior a la fecha de corte de 2025. Como prueba se admitirá el empadronamiento, facturas de suministros, historiales médicos o remesas. Este punto genera cierta confusión, pues para empadronarse o contratar un suministro suele requerirse un número de identificación. No se admitirán antecedentes penales; el solicitante debe probar que ni su país de origen ni España tienen registros delictivos sobre su persona.

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Los beneficiarios recibirán una autorización de residencia temporal por “circunstancias excepcionales”, válida inicialmente por un año (cinco para familias con menores). Permite residir y trabajar, por cuenta ajena o propia, únicamente en territorio español. No confiere derecho a la libre circulación por el espacio Schengen.

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Se prevé que el plazo de solicitud se abra a principios de abril de 2026 y culmine el 30 de junio, con resoluciones en un máximo de tres meses. Al presentar la instancia, quedarán suspendidos los expedientes de expulsión por estancia irregular o trabajo no autorizado. Esto ha generado cierto descontento entre otros solicitantes de residencia por “arraigo”, notablemente británicos que llevan años esperando una resolución pese a que el gobierno redujo oficialmente ese plazo a dos años en mayo de 2025. Por ahora se desconoce si estos nuevos casos tendrán prioridad procesal. Asimismo, se cuestiona la capacidad del sistema para absorber más de medio millón de trámites adicionales.

El texto del anteproyecto se encuentra en periodo de consulta pública. Los detalles oficiales están disponibles en la web del Ministerio de Inclusión y en el resumen del Consejo de La Moncloa.

Desmintiendo desinformación común sobre el plan para migrantes en España

Medios de verificación como Maldita.es han desmentido bulos circulantes en línea sobre derechos de voto, nacionalidad y libre circulación europea.

¿Derecho a voto?

La regularización no concede la nacionalidad española ni el derecho a voto automático. Para votar en elecciones generales o autonómicas se requiere ciudadanía, que normalmente exige diez años de residencia legal (dos para ciertas nacionalidades), además de pruebas de idioma e integración. El voto en municipales para algunos no comunitarios requiere acuerdos de reciprocidad y plazos mínimos de residencia, haciendo imposible su participación en los comicios de 2027 por cuestiones de calendario. Por tanto, la acusación de que el gobierno actúa para captar votos extranjeros carece de fundamento a corto plazo; a largo plazo, cabe recordar que los inmigrantes suelen mostrar tendencias políticas más bien conservadoras.

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¿Se otorga la nacionalidad?

La nacionalidad sigue requiriendo un certificado de antecedentes penales del país de origen. La propuesta de regularización podría admitir en algunos casos una declaración responsable, pero este proceso es completamente independiente y distinto del de nacionalidad, sujeto a controles mucho más rigurosos.

¿Libre circulación por los países Schengen?

En absoluto. El permiso se limita al territorio español, aunque permite estancias cortas en el espacio Schengen, no residir o trabajar en otros países de la UE, derecho reservado a ciudadanos comunitarios y titulares de visados de trabajo.

¿Qué ocurre con las órdenes de expulsión?

Solo se podrán anular las órdenes de expulsión vigentes por estancia irregular o trabajo no autorizado; las derivadas de otras infracciones seguirán suponiendo un impedimento insalvable para obtener la residencia legal.

¿Fomentará más migración irregular?

Nadie puede asegurarlo, pero la medida está dirigida exclusivamente a residentes anteriores a 2026 y no supone una “llamada” a nuevas llegadas, pues solo afecta a quienes ya viven en España.

¿Cuándo se notarán los efectos de medio millón de migrantes regularizados en España?

El plan aborda una realidad existente, reduciendo la informalidad mientras se mantienen los controles. Hasta ahora, la mayor incógnita que planea sobre el anuncio mediático del Presidente Sánchez es cómo diablos podrá la administración pública española asumir esta masa adicional de papeleo y su análisis. No sería la primera vez que el Presidente realiza anuncios audaces de programas que luego no se materializan y se desvanecen en el éter. ¿Recuerdan el impuesto del 100% a viviendas en manos extranjeras?

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