La desgravación fiscal que muchos propietarios ignoran

Una deducción fiscal poco conocida podría seguir ahorrando a los propietarios de viviendas cientos de euros cada año.
Crédito: Zhanna Hapanovich, Shutterstock

Cada año, miles de personas en España se despiden inconscientemente de un ahorro tributario considerable. No porque estén haciendo algo mal, sino porque genuinamente no se dan cuenta de que tienen derecho a él.

Hablamos de hasta 1.356 euros anuales, un dinero que podría quedarse en los bolsillos de la gente en lugar de ir directo a la Agencia Tributaria. ¿Y los más afectados? Propietarios de larga duración, muchos ya jubilados, que compraron su vivienda habitual hace años y dan por hecho que el beneficio ya no existe.

Pero sí existe.

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Una ventaja fiscal por la vivienda que nunca desapareció

Existe la creencia generalizada de que la deducción por compra de vivienda se suprimió por completo en 2013. Eso es solo una verdad a medias.

Ciertamente, la deducción se eliminó para los nuevos compradores a partir del 1 de enero de 2013. Pero para quienes adquirieron su residencia habitual antes de esa fecha y aún pagan la hipoteca, la deducción nunca desapareció.

Según la normativa aún vigente, los propietarios que reúnan los requisitos pueden deducir un 15% de lo que pagan cada año, con un máximo de 9.040 euros. Eso se traduce en un ahorro de hasta 1.356 euros anuales en la declaración de la renta.

No es una medida temporal, ni un resquicio legal, ni algo que requiera una aprobación especial. Es un derecho consolidado que se mantiene año tras año, siempre que se cumplan las condiciones.

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¿Jubilado? Podría seguir teniendo derecho

Uno de los mayores mitos en torno a esta deducción es que se extingue al jubilarse. No es así.

Si la vivienda se compró antes de 2013 y sigue siendo su residencia habitual, la deducción puede aplicarse incluso siendo pensionista. Lo único relevante es que se sigan realizando pagos vinculados a la compra original.

Y no solo cuentan las cuotas mensuales de la hipoteca. La dedución también puede incluir amortizaciones de capital y los seguros obligatorios vinculados al préstamo hipotecario.

Para los jubilados que viven con una renta fija, este beneficio pasado por alto puede suponer una diferencia real al final del ejercicio fiscal, siempre que sean conscientes de él.

¿No la aplicó antes? Aún podría reclamar miles

Aquí es donde el asunto se vuelve realmente interesante.

La ley tributaria española permite corregir errores pasados presentando declaraciones complementarias por los últimos cuatro años. Esto significa que si tenía derecho a esta deducción pero no la aplicó —quizá porque nadie se lo informó—, aún puede reclamar lo que le corresponde.

En términos prácticos, alguien que no la haya aplicado durante cuatro años consecutivos podría obtener una devolución de más de 5.000 euros. Es un dinero que mucha gente da por perdido, pero que en realidad aún está a su alcance.

El proceso conlleva presentar declaraciones complementarias por los ejercicios afectados. Puede requerir cierta gestión administrativa, pero las cantidades en juego hacen que valga la pena el esfuerzo.

Por qué tanta gente no la reclama

La confusión se remonta a la reforma de 2013. Los titulares de entonces se centraron en el fin de la deducción, sin explicar claramente que los propietarios existentes estaban protegidos.

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Desde entonces, la gente se ha jubilado, ha cambiado de asesor o simplemente ha dejado de prestar atención a un beneficio que asumían extinto. Como resultado, miles de contribuyentes con derecho dejan de reclamar algo a lo que son acreedores por ley, año tras año.

La realidad es simple: si compró su vivienda habitual antes de 2013 y aún está pagándola, esta deducción podría seguir aplicándose en su caso.

Con la campaña de la renta acercándose, es uno de esos detalles que vale la pena verificar. Un vistazo a la fecha de su escritura o contrato de hipoteca podría revelar un ahorro del que no era consciente, y posiblemente una sustanciosa devolución esperando a ser reclamada.

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