Fallo Histórico en Salud Femenina: Corte Suprema Declara la Higiene Menstrual un Derecho Fundamental y Ordena Distribución Gratuita de Toallas Sanitarias y Baños Separados en Escuelas

NUEVA DELHI: El Tribunal Supremo dictaminó este viernes que el derecho a la higiene menstrual es parte integral del derecho a la vida y a la privacidad bajo el Artículo 21 de la Constitución. El alto tribunal emitió una serie de instrucciones obligatorias para los estados, territorios de la Unión y escuelas para garantizar la dignidad, salud e igualdad de niñas y mujeres.

La orden fue dada por el tribunal de los jueces JB Pardiwala y R Mahadevan. Al pronunciar su sentencia sobre una petición que buscaba toallas sanitarias gratuitas e instalaciones adecuadas para las escolares, la corte ordenó a todos los estados y territorios de la Unión proporcionar toallas sanitarias biodegradables gratis a las estudiantes en todas las escuelas.

"Antes de concluir, queremos decir que esta declaración no es sólo para los involucrados en el sistema legal. También es para las aulas donde las chicas dudan en pedir ayuda. Es para los maestros que quieren ayudar pero no pueden por falta de recursos. El progreso se mide por cómo protegemos a los vulnerables", observó el juez Pardiwala.

También ordenó a las autoridades garantizar baños separados para estudiantes femeninas y masculinos, junto con baños accesibles para personas con discapacidad, en cada escuela. El máximo órgano dejó claro que el cumplimiento sería obligatorio tanto para instituciones gubernamentales como privadas. Advertió que las escuelas privadas podrían enfrentar la pérdida de su reconocimiento si no proporcionan baños separados o no aseguran el acceso a toallas sanitarias gratuitas.

El tribunal dijo que el acceso a la higiene menstrual no es una cuestión de caridad o discreción política, sino un derecho constitucional que fluye del derecho a vivir con dignidad y autonomía corporal. La corte además dirigió que hará responsable al gobierno si no provee baños y toallas gratuitas a las niñas. Observó que la falta de instalaciones básicas y el estigma alrededor de la menstruación afecta directamente la salud, educación y privacidad de las chicas.

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La sentencia sigue a procedimientos iniciados en noviembre del año pasado, cuando la corte tomó conocimiento de un incidente perturbador en la Universidad Maharshi Dayanand en Haryana, donde tres mujeres trabajadoras de saneamiento fueron supuestamente obligadas a enviar fotos de sus toallas sanitarias para probar que estaban menstruando. El incidente provocó indignación nacional por la "verguenza del periodo".

En esa etapa, un tribunal de los jueces BV Nagarathna y R Mahadevan había expresado preocupación por tales prácticas en instituciones educativas y lugares de trabajo, observando que reflejaban una mentalidad profundamente problemática. La corte había citado al gobierno central por una petición de la Asociación de Abogados del Tribunal Supremo (SCBA), que destacó múltiples instancias de mujeres y niñas sometidas a controles invasivos y degradantes.

En su petición, la SCBA argumentó que tales prácticas eran "una grave violación de su derecho a la vida, dignidad, privacidad e integridad corporal bajo el Artículo 21". También subrayó que las trabajadoras, especialmente en el sector no organizado, tienen derecho a condiciones laborales decentes que respeten las diferencias biológicas y las protejan de tratos humillantes durante la menstruación.

Durante la audiencia previa, la corte había observado que si una mujer no podía realizar trabajo pesado por dolor relacionado con la menstruación, deberían hacerse arreglos alternativos en vez de someterla a un escrutinio degradante. "Si alguien dice que por esta razón no pudo hacer el trabajo pesado, podría haberse aceptado y se podría haber desplegado a otras personas", dijo el tribunal, expresando esperanza de que surgieran lineamientos significativos del caso.

El gobierno de Haryana había informado a la corte que se inició una investigación sobre el incidente universitario y que se tomó acción contra dos personas responsables.

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