Cinco Estrategias para Proteger Tu Jubilación con Tu Propiedad en España

Si usted es un pensionista y posee una vivienda en España, existen varias alternativas para utilizarla con el fin de garantizar ingresos complementarios a su pensión, sin que ello implique la venta o el alquiler convencional de la misma.

Actualmente, la esperanza de vida en España sigue en aumento y, según los últimos datos, 20.000 españoles han alcanzado los cien años de edad.

No obstante, a pesar de que la población puede gozar de mejor salud que nunca, el costo de la vida también se incrementa y existe el temor de que el sistema público de pensiones no sea suficiente para sostener el creciente número de jubilados.

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Afortunadamente, existen fórmulas para salvaguardar la jubilación y asegurar los recursos necesarios si se es propietario de un inmueble, ya se perciba una pensión española o del país de origen.

Las opciones tradicionales pasan por vender la vivienda para alquilar otra o trasladarse a una más pequeña, pero en España se ofrecen diversas alternativas que quizá no haya contemplado.

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Anticipo de alquileres

La primera opción es el anticipo de alquileres. En este caso, usted conserva la propiedad de su vivienda, pero no reside en ella. Básicamente, la desocupa y una empresa gestora o financiera se encarga de alquilarla. Esta entidad acuerda adelantarle los pagos del alquiler cuando lo necesite, permitiéndole incluso recibir sumas globales considerables.

Ahora bien, es crucial tener presente que, con esta modalidad, el monto anticipado junto con los intereses constituye una deuda que sus herederos deberán afrontar cuando usted fallezca.

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Hipoteca inversa

Una hipoteca inversa es, en esencia, un producto financiero similar a una hipoteca tradicional, pero mediante el cual el propietario libera parte del valor acumulado de su vivienda. A cambio, recibe pagos periódicos que complementan su pensión.

Esto significa que puede utilizar su hogar como garantía para obtener un préstamo. Suele tener un plazo fijo, pero lo más importante es que le garantiza poder seguir viviendo en su casa.

Por lo general, los bancos exigen que no existan otras hipotecas o préstamos pendientes sobre la propiedad, y que en ella no residan más personas que los propietarios. A veces también se establece un valor mínimo. Por ejemplo, el Banco Santander ofrece este servicio a mayores de 65 años cuya vivienda supere los 200.000 euros.

Vivienda inversa

La vivienda inversa es un proceso por el cual un jubilado vende su casa y firma un contrato de alquiler vitalicio, lo que le permite seguir viviendo en ella y obtener capital a la vez.

Es muy popular en países como el Reino Unido y Francia, y está comenzando a serlo en España. El propietario se convierte en inquilino, pudiendo permanecer en su hogar de forma indefinida y abandonarlo cuando lo desee sin penalización alguna.

Nuda propiedad

La nuda propiedad, conocida como ‘home reversion’ en inglés, consiste en vender la vivienda manteniendo el derecho de usufructo. Los inmuebles bajo este esquema se venden por debajo de su valor de mercado, con la ventaja de que usted puede permanecer en ellos. El valor comercial depende en gran medida de su esperanza de vida, determinada por su edad y género.

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‘Nuda propiedad’: Ventajas e inconvenientes de vender su vivienda en España y seguir viviendo en ella

Es posible que aún deba pagar ciertos impuestos y honorarios de agencia, por lo que es fundamental analizar su situación financiera para valorar si esta es una buena opción. Puede resultar adecuada para quienes no tienen descendencia, ya que, al igual que otras alternativas aquí expuestas, implica que no podrá legar la vivienda a sus herederos.

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Renta vitalicia inmobiliaria

La renta vitalicia inmobiliaria es un contrato, formalizado en escritura pública ante notario, por el cual un jubilado propietario vende su vivienda a un inversor, reservándose para sí el usufructo de la propiedad. Esto le otorga el derecho a residir legalmente en el inmueble hasta su fallecimiento, pero no a modificarlo.

A cambio, el inversor le abonará una renta mensual de por vida, y solo podrá disponer libremente de la propiedad cuando usted muera. Además, usted quedará liberado del pago de ciertos gastos de la vivienda, como el IBI y el seguro, que pasarán a ser responsabilidad del inversor.