Multas que no puedes pasar por alto

Circular en bicicleta por España no está exento del reglamento de tráfico, como demuestran estas multas de hasta €1.000. He aquí doce infracciones ciclistas que los usuarios suelen pasar por alto.

Si bien no se requiere licencia para montar en bici, la normativa ciclista forma parte del código de circulación, lo que implica la existencia de numerosas faltas sancionables si no se está al tanto de ellas.

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No llevar casco – Multa de €200

En las vías interurbanas, con frecuencia carreteras rurales que enlazan pueblos y ciudades, el uso del casco es siempre obligatorio.

En las vías urbanas, solo los ciclistas menores de dieciséis años están obligados a llevarlo, aunque la Dirección General de Tráfico (DGT) recomienda su uso permanente por ser el medio más eficaz para evitar traumatismos craneoencefálicos en caso de accidente.

Circular por la acera – Multa de €200

Es frecuente observar a personas pedaleando por aceras o zonas peatonales y plazas, pero en realidad constituye una infracción sancionable.

¿Se ha aplicado estrictamente en el pasado? Probablemente no, especialmente en municipios que carecen de una red adecuada de carriles bici.

No obstante, la proliferación de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal cuyos usuarios también suelen ignorar la normativa, está propiciando que los ayuntamientos intensifiquen los controles.

Carecer de luces o chaleco reflectante – Multa de €80 a €200

No utilizar las luces de la bicicleta durante la noche, al anochecer o al amanecer puede acarrear una multa de €80, que puede ascender a €200 si el ciclista no porta un chaleco reflectante.

Según la DGT, “el alumbrado obligatorio para bicicletas consiste en una luz de posición delantera de color blanco (o un catadióptrico blanco) y un catadióptrico trasero (no triangular) de color rojo, debiendo ambos estar homologados”.

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En 2018, un hombre de 78 años en Galicia fue multado con €200 por emplear luces intermitentes en lugar de fijas, si bien la DGT ha aclarado posteriormente que esta práctica no es sancionable.

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No respetar las normas de circulación – Multa de €120 a €200

Puede parecer obvio, pero el hecho de que una bicicleta no tenga las mismas dimensiones que un automóvil no significa que los ciclistas puedan obviar las reglas generales de tráfico.

Ignorer una señal de stop, no ceder el paso, incorporarse a una glorieta indebidamente o cruzar un paso de cebra en la misma dirección que los peatones (en este caso, el ciclista debe descender de la bicicleta) son todas infracciones susceptibles de multa.

Asimismo, los ciclistas han de conceder prioridad en los pasos de peatones sin semáforo cuando hay viandantes a punto de cruzar.

Circular por el carril incorrecto – Multa de €100

Los ciclistas deben mantenerse en el carril derecho y evitar el carril izquierdo de adelantamiento para eludir una posible sanción. La excepción a esta norma se produce cuando el ciclista va a girar a la izquierda, momento en el cual puede desplazarse a ese carril.

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No señalizar con los brazos – Multa de €200

Aunque los ciclistas no disponen de intermitentes para indicar un cambio de dirección como los conductores de automóviles, deben emplear los brazos para evitar una posible multa.

Esta señalización debe realizarse con el brazo derecho extendido horizontalmente o con el brazo izquierdo formando un ángulo.

Superar el límite de velocidad – Multa de €100 a €600

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Puede que esta no parezca una infracción común para ciclistas, pero con la reducción a 30 km/h en muchas vías urbanas en España, ahora es mucho más fácil ser sorprendido.

Si se excede el límite de velocidad establecido entre 1 y 20 kilómetros por hora, se arriesga uno a una multa de €100. Cualquier exceso superior conlleva una sanción que se dispara hasta los €600.

Conducción negligente – Multa de €200 a €500

Teniendo en cuenta que los ciclistas figuran entre los usuarios más vulnerables de la vía, las autoridades de tráfico pueden imponer cuantiosas multas a quienes ponen en peligro su integridad y la de los demás con maniobras peligrosas o negligentes.

Estas incluyen desde circular con una sola mano, hacer un ‘caballito’ o, en carreteras rurales, ocupar todo el carril formando pelotón en lugar de circular uno detrás de otro.

Montar en bici con auriculares – Multa de €200

Los ciclistas que recorren la naturaleza española podrían suponer que pueden escuchar música inspiradora con auriculares para mantenerse motivados, pero esto resulta igual de peligroso y sancionable que en áreas urbanas con más tráfico. Cabe recordar que se puede recibir una multa por el mero hecho de llevarlos puestos, aun sin estar escuchando música.

Usar el teléfono móvil – Multa de €200

Otra sanción tecnológica que cae por su propio peso. Hablar o enviar mensajes por el móvil mientras se pedalea es una forma segura de atraer la atención de la policía de tráfico.

Conducir bajo los efectos del alcohol – Multa de €500 a €1.000

Como se ha señalado anteriormente, la mayoría de las normas aplicables a conductores de automóviles y vehículos pesados también rigen para los ciclistas, y la conducción bajo los efectos del alcohol no es una excepción.

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Los ciclistas sorprendidos con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro, pueden ser sancionados con una multa.

A mayor tasa de alcoholemia, mayor será la cuantía de la multa. Lógicamente, no conlleva la pérdida de puntos del carnet de conducir, pero la ‘multa’ seguramente resultará dolorosa.

Llevar a otra persona en la parte trasera – Multa de €100

Darle a un amigo un aventón en la parte trasera de la bicicleta como favor no es legal.

A menos que el conductor principal transporte a un niño menor de siete años en un asiento homologado, solo una persona puede utilizar una bicicleta en España.

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