Un tribunal europeo ha decretado que un perro que escapó y jamás fué visto de nuevo mientras era embarcado en un vuelo de Iberia debe ser tratado como equipaje perdido.
La mascota, Mona, huyó de su jaula en la pista del aeropuerto de Buenos Aires el 22 de octubre de 2019, mientras el personal de tierra la preparaba para subirla a un vuelo con destino a Barcelona.
Tres furgonetas del aeropuerto la persiguieron en vano por la pista, pero la can desapareció sin dejar rastro más allá del perímetro aeroportuario.
La propietaria, la pasajera argentina Grisel Ortiz, viajaba con su madre y había confiado el animal a la aerolínea porque pesaba más de ocho kilos y no estaba permitido en cabina.
Desde la ventana de la terminal, Ortiz solo pudo observar como su mascota se perdía en la lejanía.
Inició una campaña en línea para encontrar a Mona, creando una página de Facebook y ofreciendo una recompensa en efectivo, pero meses de búsqueda no dieron fruto.
Ortiz siguió publicando durante años en la página, llamada Buscamos a Mona, agradeciendo a los extraños que ayudaban en la búsqueda y suplicando por información.
«Todavía tenemos fe y un amor infinito que nos mantiene luchando hasta el final, aunque pasen los años», escribió. «Quizá algunos piensen que se acabó, pero nosotros nunca dejaremos de buscarla».
En otro mensaje, insistió en que Mona seguía con vida y ‘con alguien en una casa cercana’, añadiendo: ‘saben que tiene otra familia y no están en paz. Un día alguien me dirá: ‘Vi a Mona, está allí’’.
Ortiz demandó posteriormente a Iberia por 5.000 euros en concepto de daños morales, alegando haber sufrido profundamente por la pérdida.
La aerolínea aceptó su responsabilidad por la pérdida, pero solo estaba dispuesta a pagar una compensación limitada según las normativas internacionales sobre equipaje.
Impugnó los 5.000 euros reclamados por Ortiz por angustia emocional, y se perfiló un conflicto judicial.
La aerolínea argumentó que, como Mona fue facturada en bodega sin una ‘declaración especial de valor’, se la consideraba equipaje ordinario según el Convenio de Montreal.
Esta semana – exactamente seis años después de la desaparición de Mona – el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reachó su veredicto y coincidió con Iberia.
Falló que los animales que viajan en la bodega de un avión pueden clasificarse como equipaje ordinario según el Convenio de Montreal.
Esto significa que las aerolíneas solo son responsables de la misma compensación que pagarían por una maleta perdida.
El tribunal declaró: «El hecho de que la protección del bienestar animal sea un objetivo de interés general reconocido por la Unión Europea no impide que los animales sean transportados como ‘equipaje’ y sean considerados como tales a los efectos de la responsabilidad derivada de su pérdida».
La abogada de Ortiz manifestó su esperanza en que los jueces españoles ‘serán más sensibles a las nuevas realidades de nuestra sociedad’, arguyendo que la pérdida de una mascota provoca ‘no solo daño moral, sino también psicológico e incluso psiquiátrico’, algo que las leyes actuales no reconocen.
Según la ley civil española, las mascotas están definidas como ‘seres sintientes’, pero esta categoría aún no se extiende al transporte aéreo.
