Cómo evitar el nuevo sistema de entrada y salida de la Unión Europea

El Sistema de Entrada/Salida (EES) fue finalmente implementado el domingo, aunque de forma muy paulatina. En España, únicamente el aeropuerto de Madrid lo activó el primer día. Los británicos con destino a Mallorca no estarán sujetos a los controles biométricos hasta el próximo mes de noviembre. No obstante, existen ciertos colectivos que quedarán exentos de registrar sus datos biométricos en el nuevo sistema de control fronterizo y, según la Unión Europea, son los siguientes:

Ciudadanos extracomunitarios que posean una tarjeta o permiso de residencia y sean familiares directos de un nacional de un país no perteneciente a la UE con derecho a circular por Europa como un ciudadano comunitario.

Personas exentas de control fronterizo en virtud de determinados privilegios, por ejemplo, un jefe de Estado.

Ciudadanos extracomunitarios titulares de una tarjeta de residencia que sean familiares directos de un ciudadano de la UE.

Quienes posean un permiso de residencia o un visado de larga duración.

Ciudadanos extracomunitarios que viajen a Europa en el marco de una transferencia intracorporativa con fines de investigación, estudios, formación, intercambio de escolares, servicios de voluntariado, proyectos educativos o como au pair.

Nacionales de Andorra, Mónaco y San Marino, así como titulares de un pasaporte emitido por el Estado de la Ciudad del Vaticano o la Santa Sede.

Diplomáticos en estancia corta (bajo ciertas condiciones).

Ciudadanos de un país europeo que utilice el EES, como Chipre e Irlanda.

Sin embargo, el Sistema de Entrada/Salida de la Unión Europea podría constituir una trampa considerable para los propietarios británicos y de otros terceros países de segundas residencias en Mallorca y, en general, en todo el Espacio Schengen. El nuevo sistema biométrico del EES rastreará automáticamente las entradas y salidas de los titulares de pasaportes no comunitarios en la zona Schengen. A partir de abril, sustituirá al sellado de pasaportes.

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Asimismo, Bruselas ha comunicado a los estados miembros que, una vez entren en vigor los estrictos nuevos procedimientos de entrada, deberán aplicar rigurosamente la ya existente norma de 90/180 días, imponiendo multas y prohibiciones de entrada a quienes la infrinjan. En virtud del acuerdo post-Brexit, los ciudadanos británicos sin derecho a trabajar o residir en la UE, o que no posean un pasaporte de un estado miembro, solo pueden permanecer 90 días dentro de un período móvil de 180 días en el bloque comunitario.

Se dice que las autoridades han estado “haciendo la vista gorda” pero son conscientes de que algunos propietarios de segundas residencias están incumpliendo la normativa permaneciendo más tiempo del permitido, una práctica que ahora va a cesar. La implantación del EES será gradual. Durante los primeros meses, no todos los puntos fronterizos recabarán datos de inmediato. Los países introducirán paulatinamente el registro biométrico en aeropuertos, fronteras terrestres y puertos marítimos.