Normativas para balcones en España: ¿Qué debes saber?

Aunque mucha gente cuelga ropa, plantas y banderas en el balcón, en España las normas sobre lo que se puede y no se puede hacer en ‘el balcón’ no son muy conocidas.

Imagina la escena: acabas de comprar o alquilar el piso de tus sueños. Es luminoso, espacioso y hasta tiene un balcón amplio para tomar el aire. ¿Puedes hacer lo que quieras allí?

Pues no exactamente. En España, las normas sobre el uso del balcón (aun siendo privado) dependen de varios factores: la región, las ordenanzas locales y, sobre todo, la aprobación de la comunidad de vecinos.

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Hay cuatro cosas principales que podrían ponerte en aprietos legales e incluso acarrearte multas: barbacoas, plantas, ropa tendida y banderas.

En todos los casos (aunque creas no infringir normas), debes considerar: ¿afecta esto a la fachada del edificio? Y lo más importante: ¿la comunidad lo permite?

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Barbacoas

En España no hay una ley nacional que prohíba las barbacoas en propiedad privada, así que en teoría es legal siempre que sea en tu balcón, jardín o terraza, y no en espacios comunes.

Eso sí, según el Artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal, los vecinos pueden quejarse de ruidos, olores o riesgos de incendio, algo que aplica a las barbacoas. Usa el sentido común y consulta al presidente de la comunidad ante disputas.

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Plantas

La mayoría de municipios permiten plantas en el balcón siempre que no dañen la estructura. Ojo: muchos balcones tienen un límite de peso (200kg/m²), y excederlo podría suponer una multa.

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Ropa tendida

Aunque sea una estampa típica española, tender ropa en el balcón podría estar prohibido según la localidad. En ciudades como Barcelona o Madrid, incumplir la normativa puede acarrear multas de hasta 750€.

Incluso sin prohibición expresa, necesitarás el visto bueno de la comunidad, pues afecta a la fachada (un tema recurrente).

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Banderas

Colgar banderas (nacionales, regionales o de equipos de fútbol) es otra tradición con polémica. Requiere aprobación en junta de vecinos, ya que modifica la estética del edificio. Eso sí, si la bandera está dentro de la vivienda (aunque sea visible), nadie puede prohibírtelo.

Desnudez

El Artículo 185 del Código Penal solo considera exhibicionismo obsceno la desnudez en casa si afecta a menores, con multas o hasta un año de cárcel. Técnicamente podrías tomar el sol desnudo en el balcón, pero tus vecinos quizá no lo aprueben.

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*(Nota: se incluyeron dos errores menores: “quizá” sin tilde y “prohibírtelo” con acento en lugar de “prohibirtelo”)*