El aumento de estafas en línea ha generado un intenso debate legal. Crédito: Shutterstock / Stokkete
En el mundo digital de hoy, la mayoría de las personas gestionan sus finanzas a través de aplicaciones de banca móvil, realizan pagos con tarjeta o Bizum, compran en línea o utilizan portales de clientes para manejar transferencias. Si bien todo esto facilita la vida, también abre la puerta a fraudes. Según el Instituto Nacional de Ciberseguridad de España (INCIBE), se registraron más de 38,000 incidentes de fraude en línea en 2024, más de la mitad relacionados con phishing.
El aumento de estafas en línea ha generado un intenso debate legal, especialmente cuando los bancos se niegan a reembolsar a sus clientes después de ser estafados.
Aunque cada caso es diferente y requiere un análisis detallado, una reciente sentencia del Tribunal Supremo de España ha aportado claridad. Establece pautas claras que pueden reforzar la protección al consumidor y limitar la capacidad de los bancos para evitar la responsabilidad.
Esta área está regulada tanto a nivel de la UE como de España, y aunque los ciberataques toman muchas formas, como llamadas telefónicas falsas, correos electrónicos comprometidos o clonación de tarjetas SIM para interceptar mensajes de verificación, la sentencia del tribunal español establece varios principios clave, que resumimos brevemente a continuación para beneficio de nuestros lectores:
Los clientes, por ley, están obligados a informar inmediatamente cualquier actividad sospechosa o uso no autorizado de sus datos financieros.
Una transacción no puede considerarse debidamente autorizada solo porque se confirmó utilizando el método de seguridad habitual del banco (por ejemplo, verificación por SMS). Si el cliente niega haber aprobado la transacción, el banco es responsable de demostrar que hubo fraude por parte del cliente o que el cliente actuó con grave negligencia, y que la transacción no se vio afectada por ninguna falla técnica o deficiencia en los servicios de pago del banco.
Si el banco no logra demostrar esto, debe reembolsar la cantidad total perdida.
Las cláusulas en el contrato firmado por el cliente, que buscan eximir al banco de responsabilidad en casos de fraude o transacciones no autorizadas, no pueden ser válidas bajo la ley de protección al consumidor.
En otras palabras, el Tribunal Supremo español dejó claro que el consentimiento debe ser real, no solo formal. Simplemente ingresar el inicio de sesión o código correcto no significa que el cliente haya autorizado genuinamente el pago, especialmente si hubo señales previas de fraude.
Esta decisión podría ser un gran avance para los derechos del consumidor y un recordatorio de que los bancos no pueden transferir completamente el riesgo a sus clientes. En White Baos Abogados, ayudamos a los clientes a desafiar negativas injustas y recuperar su dinero en casos de fraude. Si te has visto afectado en un caso como este, estamos aquí para ayudarte. No dudes en comunicarte con nuestro equipo legal de expertos.
Carlos Baos (Abogado)
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